El Ayuntamiento de Corrales del Vino valorará recurrir la sentencia del juzgado Contencioso Administrativo en la que se precisa que el Ayuntamiento corralino no tenía competencias para llevar a cabo el expediente de investigación que abrió hace meses para averiguar de manera precisa la propiedad de la ermita de las Angustias.

Un inmueble religioso situado al lado del cementerio municipal que ha sido restaurada dentro del programa Arquimilenios. El expediente de investigación abierto sobre la propiedad de la ermita de Nuestra Señora de las Angustias se inició por considerar que ni por parte de la Iglesia, ni por parte de la Administración Local existía ningún título de propiedad sobre un edificio que pertenecía hace muchísimos años a una cofradía que existió en Corrales, la de la Santa Cruz.

"Esa cofradía se deshizo y ahí está el problema", explicaba Mario Castaño, el alcalde. De hecho, en el año 1959 ya hubo un expediente por parte del Ayuntamiento buscando la titularidad del templo, que está dentro del cementerio y este sí que es municipal. El mayor escollo surgió cuando se llegó al registro de la propiedad ya que según explica el representante municipal, la Iglesia aplicó la prerrogativa que había en la Ley Hipotecaria hasta el 25 de junio de 2015 mediante la cual podía inscribir bienes a su nombre sin mayor problema. Dos meses antes la registró a su nombre.

El Ayuntamiento entendía que la ermita era municipal y de hecho las costosas obras de rehabilitación que se han llevado a cabo en el inmueble religioso a través del programa Arquimilenios de la Junta de Castilla y León han sido recibidas por la Administración Local. Sin embargo el punto de vista del Obispado era diferente y presentó recurso ya que la ermita aparece en el Registro de la Propiedad como suyo. Un recurso que la Justicia ha estimado considerando que no había indicios para iniciar el expediente de investigación la Administración Local.

La juez, no obstante, deja abierta la vía civil como instancia más apropiada para dirimir la propiedad del inmueble. Considera que las pruebas recabadas durante el expediente de investigación para llegar a la conclusión de que la ermita pertenece al pueblo y es de dominio público son endebles ya que no existe constancia que acredite que la administración local se ha encargado de la limpieza del inmueble religioso y su mantenimiento desde el año 1959, que tiene las llaves desde 2010 y que no se han realizado funciones de culto o celebraciones litúrgicas durante los últimos 40 años por su situación de ruina.

No está inscrita en el inventario de bienes municipal, no se ha aportado documento urbanístico alguno que avale de calificación del suelo como público ni se han concretado fechas o actuaciones determinantes que certifiquen el transcurso de los plazos la propiedad del Ayuntamiento. Entiende que la inscripción registral efectuada en el Obispado en su día no fue sino una manera de proteger su pretendido derecho de propiedad sobre la ermita de Nuestra Señora de las Angustias.

El Juzgado estima el recurso del Obispado contra el acuerdo del Ayuntamiento de Corrales que declaraba la titularidad municipal de la ermita de Nuestra Señora de las Angustias y lo anula, además de imponerle las costas del procedimiento con un máximo de 600 euros.

Así las cosas y a la vista del fallo judicial, el Ayuntamiento de Corrales estudia la posibilidad de recurrirlo vía apelación de aquí al 15 de septiembre ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.