La Junta ha declarado "época de peligro alto de incendios" del 1 de julio al 30 de septiembre. El fuego no es para el verano. Dentro de dicho período está prohibido el empleo de asadores, barbacoas, planchas, hornillos eléctricos o de gas y cualquier otro elemento que pueda originar fuego en el monte, en terrenos rústicos y a 400 metros de los montes.

Las barbacoas están prohibidas los 365 días del año a excepción de unas pocas que cumplen con todas las garantías de seguridad. Con carácter general no se podrán usar las barbacoas, ni siquiera las autorizadas, en los días de viento cuando se muevan las hojas de los árboles de forma apreciable o en días en que la temperatura superen los 30 grados. En aquellos casos que se autoricen barbacoas, algo difícil, los usuarios deberán adoptar una serie de medidas de seguridad como una distancia mayor de tres metros desde el fuego a cualquier combustible susceptible de propagarlo, y nunca quemar hojas de papel, cuyas pavesas puedan ser transportadas por la columna de humo, ni acumular gran cantidad de combustible, añadiendo siempre de forma progresiva. En cualquier caso se ha de tener agua suficiente o algún medio de extinción a mano, así como asegurarse de que el fuego y las brasas están totalmente apagadas antes de ausentarse.

Es tiempo de fiestas patronales donde las parrilladas y sardinadas forma parte del programa. En estos casos los ayuntamientos son los encargados de autorizar las barbacoas en suelos clasificados como urbanos y urbanizables, de forma que se evite el riesgo para el monte. Los organizadores están obligados a comunicar día y hora en que se va a hacer fuego para evitar malentendidos. Si no se comunica y el humo provoca la salida de un operativo, el responsable abonará el coste.