El Ayuntamiento de Morales del Vino no tendrá que pagar los 170.507 euros de indemnización que pedía el joven que resultó víctima de un accidente en el año 2013, cuando participaba de puesta del mayo, al desplazarse el tronco durante la tarea de izado, con tan mala fortuna que le pilló debajo y le provocó heridas de importancia.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso que presentó el letrado de la víctima contra el decreto dictado por el Ayuntamiento de Morales el 22 de enero de 2015 por el que rechazaba la indemnización, apoyándose, entre otros razonamientos, en un informe del Consejo Consultivo que declinaba la responsabilidad municipal en el accidente.

El asunto, no obstante, tiene su miga y de hecho el tribunal no impone las costas a la parte demandante, pese a haber rechazado sus planteamientos, porque reconoce que el caso se presta a interpretaciones controvertidas. De hecho, el letrado de la víctima piensa recurrir el fallo.

La acusación entiende que, aunque la puesta del mayo está organizada por los quintos, estos actúan con permiso del Ayuntamiento, ya que colocaron el tronco en un terreno municipal, con asistencia de varios concejales e incluso el evento aparece en el programa de fiestas de la localidad. Entiende el letrado que no se pusieron las medidas de seguridad necesarias para una actividad en la que incluso participan niños pequeños, a pesar del evidente riesgo que supone. Y fundamenta esa responsabilidad del Ayuntamiento en que "se trata de un festejo organizado con consentimiento y anuencia de la Corporación Local, que hace responsable directa la misma de la supervisión de las condiciones de celebración". Destaca que el evento "se realizó públicamente, en terreno público, con consentimiento y presencia de autoridades públicas y por tanto responsabilidad del Ayuntamiento".

El juez, en cambio, a la vista de las pruebas y testimonios presentado en el juicio aprecia que el Ayuntamiento se mantiene al margen de la organización de la puesta del mayo, una actividad que se realiza a iniciativa de los quintos, que son quienes toman las decisiones sobre cómo colocar el tronco, con la única excepción del lugar, que sí les señala la Corporación Local. "En definitiva, no se trata de un evento organizado y supervisado por el Ayuntamiento por lo que no cabe imputarle responsabilidad por los daños que haya sufrido el recurrente, como participante voluntario en el mismo, que conocía el desarrollo del festejo por haber participado en el mismo 20 años".