Una de las novedades estará en que "los propietarios (adjudicatarios o concesionarios) de terrenos forestales podrán acotarlos para la recolección micológica a través del procedimiento establecido, señalizándolos adecuadamente" (aprovechamiento episódico). Ello supondrá que un vecino podría acotar sus fincas. Los propietarios que optasen por no acotarlos, sí podrán reservar (aprovechamiento reservado) en "exclusiva para sí su derecho de aprovechamiento micológico y libremente prohibir en su predios cualquier aprovechamiento por parte de terceros, salvo en la medida que ellos mismos lo autoricen, señalizándolo adecuadamente". En ambos casos "episódicos" y "reservados" se entiende "sin ánimo de lucro, esporádico, con la finalidad exclusivamente recreativa o de autoconsumo, de forma inocua ambientalmente u discontinua". El episódico no podría ejercerse sobre trufas, ni en el resto de casos superar la cantidad máxima recolectada de 2 kilogramos de setas por cada persona y día. Ni las setas procedentes de aprovechamientos reservados ni episódicos podrán ser objeto de comercialización para usos alimentario".