El Ayuntamiento ha establecido el plazo de presentación de las solicitudes de autorización entre el 1 de noviembre del año en curso y el 31 de enero del que se va a desarrollar la actividad. Los interesados deberán estar inscritos en el Registro de Comerciantes Ambulantes de Castilla y León. Los puestos de venta deberán tener un mínimo de cinco metros de longitud, salvo una causa justificada, separados entre si al menos por un metro lineal. El Consistorio se compromete a disponer de contenedores de basura, primeros auxilios y servicios públicos.

La ordenanza fija como faltas graves incumplir sus cometidos o, entre otras cosas ejercer la actividad por personas diferentes a las autorizadas. En estos casos las sanciones pueden ir de 125 a 1.200 euros. En el caso de las faltas muy graves las cuantías podrían aplicarse desde 1.200,1 euro a 6.000. En cualquier caso las sanciones se graduarían de acuerdo "especialmente en función del volumen de facturación a la que afecte, cuantía de beneficio obtenido, grado de intencionalidad y reincidencia".

En el caso de coincidir el mercado con alguna festividad o acontecimiento en el lugar destinado a él, podría trasladarse la fecha de celebración al día a anterior o siguiente hábil a aquel en que no se pudiera celebrar u otra fecha siempre de mutuo acuerdo con el delegado de los vendedores.