El Juzgado de Instrucción número 4 de Zamora, que sigue las diligencias previas del procedimiento sobre apropiación indebida iniciado por el Ayuntamiento contra el exalcalde de Peleas de Abajo Marcelo Jurado y el concejal de su grupo Bernardo Prieto, ha dictado un auto en el que se les imputan indicios racionales de criminalidad por un presunto delito de apropiación indebida. La juez aprecia que existen indicios suficientes para continuar con las diligencias previas por un delito de apropiación indebida contra Jurado y Prieto, éste último en calidad "de cooperador necesario".

Los hechos denunciados corresponden a la etapa de Marcelo Jurado como alcalde, y de Bernardo Prieto como depositario. El Ayuntamiento cuestiona que Jurado estuviera percibiendo a la vez un sueldo como gerente de la residencia más las dietas como alcalde, que ahora reclama el Ayuntamiento, y que ascienden a 16.285 euros. Para cobrar estas dietas injustificadas Marcelo Jurado utilizaba una cuenta corriente del Ayuntamiento que precisaba la firma tanto del otro concejal como de la auxiliar administrativa.

La auxiliar tenía autorizada rúbrica para realizar los pagos corrientes en los días en que no estaba la secretaria en el Consistorio, aunque era esta funcionaria la que supervisaba luego todos los movimientos. Tanto la secretaria como la auxiliar declararon ante el juez que las dietas nunca se justificaron y que curiosamente las cantidades coincidían con una deducción que se le aplicaba por un embargo.

Por estos hechos ya han declarado todas las partes ante el juzgado, que ahora ha decido continuar adelante con el caso hasta llegar a juicio. La magistrada entiende que se aprecian por estos hechos "indicios racionales de criminalidad" de un presunto delito de apropiación indebida por el cobro de dietas no justificadas contra Marcelo Jurado y, como cooperador necesario, Bernardo Prieto, ya que sin su firma el entonces alcalde no podría haber cobrado las cantidades en dietas sin justificar. El Juzgado da un plazo de diez días para que el Fiscal y las acusaciones soliciten la apertura de juicio oral formulando un escrito de acusación, el sobreseimiento de la causa o la petición de pruebas complementarias. El auto puede ser recurrido por las partes.