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Castilla y León declara la alerta por riesgo de incendios del 11 al 13 de agosto por la llegada de una dorsal anticiclónica

La vegetación arrastrará un importante estrés hídrico tras las sucesivas olas de calor, de modo que cualquier fuego podría presentar una propagación rápida y comportamientos extremos, sobre todo, con viento

Territorio calcinado por el incendio de Fermoselle

Territorio calcinado por el incendio de Fermoselle / José Luis Fernández

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Tania Sutil

Tania Sutil

La Junta de Castilla y León ha declarado la situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales en toda la comunidad autónoma. Toma nota de los días: será para las jornadas del 11, 12 y 13 de agosto de 2026, ante un episodio de condiciones especialmente desfavorables para el monte.

La resolución, firmada por el director general de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, Ángel Manuel Sánchez, advierte de un aumento del peligro por la llegada de una dorsal anticiclónica que provocará altas presiones, subida de temperaturas y un fuerte descenso de la humedad. Se esperan máximas de entre 34 y 36 grados, humedades mínimas inferiores al 10% y rachas de viento que podrían alcanzar entre 35 y 45 kilómetros por hora.

El riesgo será muy elevado durante los tres días. Según la previsión manejada por la Aemet y por el Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Castilla y León, el índice de peligro estará en nivel extremo el día 11, entre muy alto y extremo el día 12, y de nuevo en extremo el día 13 en prácticamente toda la comunidad.

La Junta destaca además que la vegetación arrastra un importante estrés hídrico tras las sucesivas olas de calor registradas durante la campaña, lo que deja El riesgo será muy elevado durante los tres días. En estas condiciones, cualquier incendio podría presentar una propagación rápida y comportamientos extremos, especialmente si se combina con viento y atmósfera inestable.

¿Cuándo entra en vigor?

La alerta estará en vigor desde las 00.00 horas del 11 de agosto hasta las 23.59 horas del 13 de agosto. Durante ese periodo se aplicarán medidas preventivas extraordinarias.

RESTRICCIONES

  • Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
  • Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas. • Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
  • Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
  • Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando estas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio.
  • Las empresas que tengan permitidas actuaciones urgentes con maquinaria extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.

Con esta declaración, la Junta activa una protección reforzada en plena época de peligro alto de incendios, en un contexto marcado por calor, baja humedad, viento y vegetación muy seca.

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