La Junta, condenada por dejar mudo a un paciente tras un diagnóstico erróneo de cáncer
La aseguradora de la Consejería de Sanidad deberá indemnizar con 80.000 euros al paciente que fue intervenido en el Hospital Río Carrión de Palencia
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Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. / Ical
Ical
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condena a la aseguradora de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León a indemnizar con 80.000 euros a un paciente al que extirparon la laringe por un diagnóstico erróneo de cáncer. Al paciente, de 61 años, le extirparon las cuerdas vocales durante la intervención por lo que ahora, solo puede comunicarse con la ayuda de una libreta. Presenta graves dificultades para la deglución y sufre rigidez muscular de cuello, hombro y brazo derecho como consecuencia de la lesión del nervio espinal derecho secundaria a la cirugía de laringectomía practicada por error.
Este hombre comenzó con cuadro de disfonía persistente en noviembre de 2019 y su médico le remitió al especialista del Complejo Hospitalario de Palencia. Se le detectó una lesión en cuerda vocal izquierda por lo que se le solicitó una prueba TAC y una biopsia. El resultado de dichas pruebas fue una tumoración laríngea izquierda. Por parte del servicio de oncología se consideró la lesión como “irresecable” (no operable) y se pautó un tratamiento de quimioterapia.
Paralelamente se realizó TAC torácico que informó de hallazgos que podrían corresponderse con una reactivación de la tuberculosis previa.
Durante los meses de febrero a abril del año 2020, el paciente recibió el primer ciclo de quimioterapia. Finalizado el cual, se solicitó un nuevo TAC de control, que se efectuó en el mes de mayo. Este TAC informó de una mínima respuesta con reducción del tamaño de la tumoración. En esta ocasión, a diferencia que el del año anterior, no se solicitó también la realización de biopsia.
Con aquel resultado del TAC, el otorrinolaringólogo decidió realizar cirugía radical de laringectomía más un vaciamiento ganglionar bilateral. Esta cirugía se realizó el día 16 de junio del año 2020. La pieza quirúrgica se envió a Anatomía Patológica y desde allí se descartó la existencia de un tumor. "No hay tumor en ninguna de las piezas extirpadas, ni en laringe ni en ganglios”, rezaba el informe.
Tal y como se ha confirmado, la masa que se visualizaba en el TAC no era tumor. En realidad, se trataba de una lesión de tipo infecciosa en relación con los antecedentes médicos del paciente.
Pese a que la administración ha negado el error, la sentencia declara que, realizado el TAC en mayo de 2020, se tenía que haber realizado una biopsia o PET-TAC, lo que hubiera permitido tener una información más fiable antes de decidir “una cirugía radical con resultados irreversibles”. El juez consideró que los sanitarios debían haber agotado otras posibilidades y haber confirmado mediante biopsia que la masa que se veía en el TAC era tumoral.
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