La Audiencia Provincial de Segovia condenó a un hombre por un delito de abuso sexual a dos años de prisión y por responsabilidad civil deberá indemnizar a la víctima con 1.000 euros por los daños morales ocasionados. En la misma sentencia, se acuerda la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por un plazo de tres años condicionado a la no comisión de delito durante el tiempo de la condena y al abono de la responsabilidad en el tiempo ofrecido de diez meses a razón de 100 euros mensuales.

Las actuaciones recayeron en el Juzgado de Instrucción de Sepúlveda como diligencias previas y fueron remitidas a la Audiencia y se convocó juicio oral. Según el auto, se consideraron hechos probados por ambas partes que el acusado, de nacionalidad colombiana, es suegro de la hermana mayor de la víctima que, en el momento de los hechos contaba con 11 años.

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Ambos se encontraban en el domicilio del acusado quien “con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, la abrazó, y sin emplear fuerza ni intimidación alguna, la tocó por encima de la ropa, los pechos y la vagina, tras esto, la menor salió rápidamente de la cocina, sin que el acusado se lo impidiera”. Los hechos probados son legalmente constitutivos de un delito de abusos sexuales del artículo 183.1 del Código Penal.