El Bono Concilia que ha lanzado la Junta de Castilla y León para ayudar a las personas con hijos a cargo podría beneficiar hasta a 2.500 familias de la provincia de Zamora cuya descendencia nació entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021. A grandes rasgos -luego ahondaremos en la letra pequeña- se trata de un pago que hace la administración por valor de 750 euros para todos aquellos solicitantes que cumplan los requisitos y hasta alcanzar un máximo de diez millones de euros. El objetivo final es el de colaborar con las familias en las que ambos progenitores trabajan y cuyos hijos no tienen todavía edad para cursar el segundo ciclo de educación infantil, contribuyendo así a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Plazos para la solicitud

Estás a tiempo: desde el 23 de mayo hasta el 23 de junio de 2022

¿Quién lo puede solicitar?

Todas aquellas familias en las que ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras o el único responsable familiar -familias monoparentales- tengan a su cargo a menores entre 0 y 3 años nacidos entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.

Los requisitos

  • Tener a su cargo a menores nacidos entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.
  • Estar empadronados en un municipio de Castilla y León.
  • Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual hayan estado dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad durante el curso escolar 2021/2022 y, por tanto, necesitan conciliar.
  • Con carácter general, para recibir esta prestación es preciso que el nivel anual de rentas de ambos progenitores, en los términos definidos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) - determinado por la suma de la base imponible general (casilla 435) y la base imponible del ahorro (casilla 460), salvo en los supuestos en los que se hubiera estado exento de presentar la declaración del IRPF, en cuyo caso vendrá determinado por los importes íntegros acreditados por la Agencia Tributaria -, no haya superado los 50.000 euros en 2021, un límite que se rebaja a 25.000 euros en el caso de las familias monoparentales. En el caso de que el progenitor solicitante y el menor o menores que dan derecho a la subvención estén empadronados en un municipio de menos de 20.000 habitantes, el nivel de renta exigido se recorta en el 20 %. Ese mismo porcentaje de minoración se aplica a las familias monoparentales, acogedoras y numerosas de categoría general, mientras que se eleva al 30 % para las de categoría especial. Todos estos descuentos aplicables por discapacidad, residencia en el medio rural, familia acogedora, familia numerosa y familia monoparental son acumulativos.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Niños de corta edad en un colegio de Zamora. Cedida

La cuantía única

El importe del Bono Concilia será de 750 euros por menor.

La documentación

PINCHA AQUÍ PARA VER EL DOCUMENTO OFICIAL DE REQUISITOS

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente mediante formulario web normalizado con una única solicitud por unidad familiar. Si la patria potestad de los menores que dan derecho al Bono Concilia está atribuida a los dos progenitores, ambos deberán hacer constar sus datos y firmar la solicitud.

La correcta cumplimentación del formulario de solicitud asignará un número de referencia que se deberá utilizar para consultar el estado de tramitación, no será válida la solicitud que se presente sin el número de validación correspondiente. Por otra parte, disponer de dicho número de validación no tendrá efecto alguno si la solicitud no ha sido registrada dentro del plazo de presentación.

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad de la Gerencia de Servicios Sociales, y estarán acompañadas de la siguiente documentación:

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes (hasta el 23 de junio). Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se entenderá desestimada.

La resolución, que contendrá la relación de los Bonos Concilia concedidos y las solicitudes desestimadas, indicando en este último caso la causa de la desestimación, será objeto de publicidad en la página web de la Junta de Castilla y León sin perjuicio de su notificación individualizada a las familias solicitantes.

¿Cuándo pagan?

El importe del Bono Concilia se abonará en un único pago, mediante transferencia a la cuenta bancaria cuyos códigos identificativos figuren en la solicitud. Dado que las beneficiarias son las familias, el pago se efectuará a nombre de la persona que se haya grabado en la aplicación como primera solicitante del Bono. De acuerdo con lo previsto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, las ayudas contempladas en la presente orden tienen la consideración de rentas exentas.

Compatibilidad

La percepción del bono Concilia es compatible con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o ente público o privado.