La Audiencia Provincial de Salamanca condenó a un vecino de Béjar a cuatro meses de prisión por incumplimiento de los deberes familiares tras desatender a su hija, que padece esquizofrenia y que acabó con una mano amputada por la gangrena que le generó una herida no curada en uno de sus dedos. La sala, sin embargo, absolvió al hombre de la mayoría de todos los pronunciamientos relacionados con el delito de abandono por el que se enfrentaba a siete años de prisión.

Según recoge la sentencia a la que tuvo acceso la agencia Ical, los hechos se desencadenaron tras una llamada del condenado al Hospital Virgen del Castañar de Béjar, solicitando que acudiera un médico a su domicilio ya que su hija no quería comer y no podía moverse. El profesional de atención primaria se encontró a la joven “tumbada en el sofá en un estado lamentable, con el camisón mojado, pero sin apreciar maltrato alguno”. 

El doctor observó que tenía una herida en el segundo dedo de la mano derecha que desprendía “un fuerte olor” y estado de “caquexia”. Además, al menos en las dos semanas anteriores a esa fecha la joven solo se había alimentado de bebidas azucaradas. A la vista del estado que presentaba, el médico acordó derivarla al Hospital Virgen del Castañar de Béjar y de allí fue trasladada de forma urgente al Hospital Clínico de Salamanca, donde fue ingresada en cirugía vascular y sufrió la amputación de su mano derecha. 

La extremidad, según recoge el documento, estaba gangrenada como consecuencia de la diabetes que fue diagnosticada con ocasión de su ingreso en el Clínico. A pesar de su gravedad, la joven solicitaba el alta voluntaria, así que fue valorada por el psiquiatra de guardia, que se percató de que estaba diagnosticada de esquizofrenia sin tratamiento, por lo que solicitaron un internamiento involuntario que fue autorizado un juzgado e ingresó en la unidad de hospitalización psiquiátrica hasta su estabilización.

Sin embargo, según la Audiencia Provincial, no consta acreditado que el condenado conociera que su hija estaba diagnosticada de esquizofrenia ni, por tanto, de la necesidad de seguir un tratamiento porque estaba en Alemania cuando sucedió en 2009, y tampoco de su condición de diabética, por lo que le absolvió del delito de abandono. No obstante, sí consideró la sala que el condenado conocía que la joven tenía algún padecimiento y que había dejado de comer ingiriendo solo bebidas azucaradas al menos dos semanas antes de pedir la intervención médica, por lo que le condenó por incumplimiento de los deberes familiares.