Sacyl deberá indemnizar con más de 81.000 euros a un paciente por los graves daños derivados de un retraso en una cirugía de médula en el hospital vallisoletano Río Hortega y que provocó que esta persona tuviera que ser traslada al hospital Benito Menni para someterse a una rehabilitación neurológica, de la que fue dado de alta con parestesias en las piernas y con incontinencia urinaria y de heces.

En una resolución de la Consejería de Sanidad se reconoce que se actuó con negligencia al producirse un retraso en el diagnóstico de la complicación postoperatoria.

Los hechos ocurrieron en junio de 2017. El paciente fue intervenido de una cirugía programada de estenosis lumbar el día 27 y su evolución postoperatoria fue normal, llegando a deambular con andador. No fue hasta pasados dos días, en la madrugada del día 29, cuando comenzó a sentir dolor en la pierna izquierda, que no cedía con analgesia. Es en esos momentos, según se recogen en la resolución de la Consejería de Sanidad, es cuando se cuestiona la actuación sanitaria, puesto que el personal de enfermería llamó por teléfono al neurocirujano de guardia. En este punto, se indica que el médico no visitó al enfermo y dio por buenos la exploración del persona de enfermería, “que, aunque puedan realizar buenas exploraciones, no están formados para integrarlas en el contexto clínico del paciente y, por tanto, puede que no sean capaces de transmitir al médico ciertos aspectos clínicos que resulten relevantes”.

En este sentido, el neurocirujano alegó que no se personó porque el paciente no presentaba déficit motor, aunque la médico inspectora, según se recoge en la resolución de Sanidad, argumenta que no es asumible que un facultativo de guardia localizada no acuda a realizar una exploración clínica a un paciente operado hacía unas 36 horas, antes de ordenar actuaciones al personal de enfermería.

Horas después, tras una prueba radiológica, se decide intervenir al detectarse un hematoma epidural, Tras la operación, el paciente fue derivado a Benito Menni para iniciar la rehabilitación, dada sus dificultades para andar. Casi un año después, el paciente andaba y presentaba calambres que controlaba en la Unidad del Dolor, además de precisar una sonda de orina y encontrarse en rehabilitación para el control del esfinter anal.

En la resolución también se reconoce que este caso hubiera sido clave un diagnóstico precoz del hematoma y que no existió por parte del facultativo un seguimiento adecuado de la evolución postoperatoria del paciente. Además, la propia medico inspectora considera que “se ha producido un pérdida de tiempo en el diagnóstico de la patología (hematoma intradural) y las posteriores acciones terapéuticas en un proceso urgente, lo que implica la reducción de las posibilidades de una mayor recuperación de las lesiones”.

Recurso

No obstante, según se informa desde el Defensor del Paciente, asociación que ha tramitado el caso, la resolución de la Consejería de Sanidad ha sido recurrida por el paciente al entender que carece de justificación la reducción del 30 por ciento efectuada sobre la indemnización solicitada. Según se argumenta desde la asociación, “reconocida la mala praxis por parte del servicio público, no es de aplicación una reducción sobre la base del desconocimiento de lo que hubiera podido suceder. Puesto que, de haberse actuado oportunamente por parte del servicio médico, no estaríamos hoy hablando de qué pronóstico de recuperación hubiera tenido el paciente de haberse realizado el diagnóstico correcto de forma más temprana, puesto que esa situación no hubiera existido”.