El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha ratificado la sentencia dictada en julio de 2020 por la Audiencia provincial de Burgos que condenó a un hombre y a su pareja por prostituir a la hija de la mujer, una menor, de 16 años, a cambio de dinero.

En la sentencia, que respondía a la propuesta de la Fiscalía, se establecía una pena de 5 años y multa de 12 meses a seis euros por día para el hombre por corrupción de menores de 16 años y una pena similar para la mujer, en su caso por Inducción y favorecimiento de la prostitución de una joven de 16 años.

A ambos se les absolvía de nueve delitos de agresión sexual, corrupción de menores y ciberacoso.

En su relato de hechos probados, la Audiencia Provincial consideraba que fue el hombre el que anióo a la madre de la menor a incitarla a la prostitución, lo que terminó logrando después de insistir, para lo que se aportan, fundamentalmente varias conversaciones telefónicas entre ambos en la época en que se produjeron los hechos, entre 2017 y 2018.

Las defensas de ambos condenados recurrieron argumentando vulneración de la presunción de inocencia e indefensión.

Sin embargo, el TSJCYL considera que la sentencia de la Audiencia provincial se basó en pruebas de cargo suficientes, especialmente una serie de mensajes cruzados entre los dos condenados.

También señala que no se produjo indefensión porque los letrados de ambos tuvieron oportunidad de defender sus posturas en la vista oral y no expresaron ningún reparo en ese momento.