El Juzgado de Primera Instancia número 68 de Madrid ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por el abogado Carlos Sardinero García, perteneciente a los servicios jurídicos de la asociación "El Defensor del Paciente" y condena a la entidad aseguradora de un hospital privado de Burgos, al pago de una indemnización de 44.059 euros, así como de los intereses legales establecidos, por el fallecimiento de un recién nacido que no recibió una atención adecuada.

La paciente, de 42 años, ingresó el 31 de octubre de 2017 sobre las 20,28 horas, en el Hospital para dar a luz, procediéndose a su estimulación oxitócica y a la aplicación de anestesia epidural sobre las 23 horas. No obstante, sobre las 06,40 horas del día siguiente, se decidió practicarle una cesárea, naciendo a los diez minutos un varón que fue pasado a reanimación, quedando sin respiración y sin ser intubado. El recién nacido falleció posteriormente, a las 8,20 horas, una vez cesadas las maniobras de reanimación.

El informe de la autopsia practicada reveló que el recién nacido presentaba lesiones recientes en el cráneo y el encéfalo ocasionadas por la compresión de las contracciones en el canal de parto, lo que confirmó que la causa del fallecimiento fueron las propias complicaciones derivadas de un parto excesiva e injustificadamente prolongado.

Ante estos hechos, el Juzgado de Primera Instancia número 68 de Madrid ha entendido que el conjunto de la asistencia recibida fue “inexplicable, inexplicada y absolutamente desproporcionada”, por lo que “resulta absolutamente acreditada la incorrecta asistencia recibida, pues de un parto, que no apuntaba dificultad alguna, resultó finalmente el fallecimiento del bebé nacido”.