La Sala II de lo Penal del Tribunal Supremo acordó ayer la inadmisión a trámite de la denuncia formulada por la Asociación del Defensor del Paciente contra el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, y las consejeras de Sanidad y de Familia e Igualdad de Oportunidades, Veronica Casado e Isabel Blanco, respectivamente, por los delitos de omisión del deber de socorro, homicidio imprudente y contra el derecho fundamental a la prestación sanitaria por motivos discriminatorios contra las personas mayores.

El Defensor del Paciente también había presentado denuncias en el mismo sentido contra el presidente del Gobierno, el vicepresidente segundo y el ministro de Sanidad entre otros políticos y gobernantes.

Esta sala remitió un auto conjunto ayer en la que acordó la inadmisión a trámite de 20 querellas y 30 denuncias presentadas en los últimos meses por distintos sindicatos, asociaciones, organizaciones profesionales del ámbito de la sanidad y de las Fuerzas de Seguridad, familiares de víctimas del coronavirus y un partido político (Vox) contra el Gobierno por su gestión durante la crisis del COVID-19, al considerar que no está debidamente justificada la autoría de los hechos punibles atribuidos a los miembros del Ejecutivo.

Respecto a las querellas que imputan responsabilidades por los fallecimientos en residencias de ancianos, la Sala indica que no es ajena a la gravedad de lo ocurrido en estos centros, aunque, en relación a la responsabilidad de los aforados, explica que no es suficiente la mera atribución competencial de los querellados para imputarles por estos hechos.

“Es necesario que existan datos objetivos que permitan imputar los concretos resultados lesivos producidos en cada caso y sobre cada persona afectada, lo que exige la evaluación, aunque sea provisional, de las circunstancias concretas en la que estos resultados se produjeron”, señala. Pero la Sala acuerda enviar a los juzgados de Madrid las denuncias y querellas por los fallecimientos de ancianos en residencias para investigar los hechos, para investigar si son susceptibles de responsabilidad penal.

El auto destaca, en cualquier caso, que existen otras formas de reparación al alcance de las víctimas en otros órdenes jurisdiccionales, como son el contencioso-administrativo.