La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha homologado un acuerdo indemnizatorio de 184.000 euros con la viuda e hijos de un paciente que murió por una hemorragia digestiva evitable en Medina del Campo (Valladolid).

En el proceso, Segurcaixa-Adeslas, la entidad aseguradora del Sacyl, ha reconocido su responsabilidad "sin plantear oposición alguna la propia Consejería de Sanidad de Castilla y León", según informaron hoy los los Servicios Jurídicos de la Asociación "El Defensor del Paciente".

La defensa del caso ha sido ejercida por el abogado Santiago Díez Martínez perteneciente a SDS Legal Abogados y a los Servicios Jurídicos de la Asociación "El Defensor del Paciente"' y, de esta forma, finaliza un largo proceso judicial que ha obligado a la familia del paciente fallecido a litigar durante casi cinco años.

J.C.H.M., de 54 años de edad, ingresó en el Hospital de Medina del Campo (Valladolid) el pasado 19 de febrero de 2015 tras sufrir una hemorragia digestiva secundaria a una úlcera duodenal.

Se le realizó una endoscopia para su sellado y, posteriormente, el paciente fue trasladado al Hospital Río Hortega de Valladolid.

Tres días más tarde volvió a presentar una nueva hemorragia digestiva grave. "Debido a una falta de coordinación entre servicios y falta de comunicación de acontecimientos de especial relevancia, el endoscopista desconoció por completo la situación de gravedad del paciente", según recoge el fallo judicial.

Así, en las hojas de evolución se anotó una deposición sanguinolenta a las 2.15 horas del 22 de febrero de 2015, con hipotensión e inestabilidad hemodinámica. "Pero nadie avisó al endoscopista de guardia y tampoco se consideró la necesidad de ingreso en UCI, ante la inestabilidad del paciente e hipotensión importantísima.

A las 7 horas el paciente sufrió otra deposición sanguinolenta, más abundante que la anterior e igualmente no se alertó a al endoscopista", añade la sentencia.

Las analíticas realizadas al paciente durante la noche del 22 al 23 de febrero, indicaban un descenso importantísimo de la cifra de hemoglobina, indicativo de que existía un sangrado activo, y que requería la actuación inmediata del endoscopista para atajar la solución.

"Pero este resultado analítico tampoco fue informado al endoscopista de guardia. Hasta las 8.20h no se cursó interconsulta al endoscopista. En ese momento, el médico de guardia no le informó de las incidencias acaecidas durante la noche, trasladándole la impresión de que la situación está totalmente controlada. Así pues, ante esta ocultación de datos al endoscopista, éste no decidió la realización inmediata de la endoscopia terapéutica que hubiera estado indicada (ya desde las 02.15h), y decidió actitud expectante", prosigue la resolución judicial.