La Consejería de Economía y Hacienda hizo públicos hoy sendos decretos por los que se convocan subvenciones públicas dirigidas a la promoción, por un lado, y a la modernización y mejora de la gestión del comercio de la comunidad de Castilla y León.

La cuantía total máxima destinada a financiar estas ayudas convocadas asciende a 300.000 euros para la promoción, y de 722.000 euros para la modernización y mejora de la gestión, según se recoge en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Las subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones en el primer caso para promoción del comercio, con la finalidad de incrementar la competitividad del comercio minorista de proximidad de la comunidad de Castilla y León y su capacidad de atracción sobre la demanda, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases en el apartado segundo de la Orden EYH/588/2018, de 25 de mayo.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación hoy del presente extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

El extracto de la convocatoria en su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A07/es/convocatoria/455153) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

En el caso de la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión, las ayudas se realizan sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.

La cuantía total máxima destinada a financiar las subvenciones convocadas en este área asciende a 722.000 euros.

El crédito asignado a la presente convocatoria podrá ser incrementado en una cuantía adicional máxima de 778.000 euros, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional máxima queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa modificación presupuestaria que proceda.