La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha reconocido a una familia de Salamanca el derecho a renovar el título de familia numerosa pese a que uno de los tres hijos del matrimonio ha cumplido los 25 años.

Según la sentencia facilitada por el órgano judicial, "la interpretación de la Ley de protección a las Familias Numerosas debe efectuarse desde la dimensión constitucional de la protección a las familias y a los hijos", según los artículos 39 y 53.3 de la Constitución, "y teniendo en cuenta el principio de no discriminación entre los hermanos". En la sentencia, el TSJCyL ha reconocido la necesidad de considerar la "realidad social que evidencia la escasa natalidad y el problema demográfico existente, circunstancias que exigen, desde la perspectiva del interés general, esta protección". Este fallo sigue la jurisprudencia marcada por el Tribunal Superior andaluz.