Tribunales
Derribaron e intimidaron a una mujer en un supermercado de Benavente: han sido condenados por lesiones
La Audiencia confirma las penas de multa y las indemnizaciones fijadas para los dos acusados

Los hechos ocurrieron en un supermercado de la ciudad. / J. A. G.
La Audiencia Provincial ha ratificado la condena impuesta a dos personas por un episodio de violencia ocurrido contra una mujer en un supermercado de Benavente, desestimando íntegramente el recurso presentado por su defensa. La resolución confirma la versión de los hechos establecida en primera instancia, que describe un abordaje intimidatorio, amenazas reiteradas y un empujón que provocó la caída de la víctima.
El tribunal considera probado que ambos acusados se aproximaron a la mujer en el interior del establecimiento y le dirigieron expresiones amenazantes en varias ocasiones. Según la sentencia, una de las personas implicadas la empujó de forma sorpresiva, causándole una caída de espaldas. Tras reincorporarse, la víctima fue seguida por los dos implicados por los pasillos del comercio, manteniendo una actitud hostil que quedó reflejada en las imágenes de videovigilancia incorporadas al procedimiento.
La mujer sufrió un traumatismo superficial en la zona abdominal y lumbar, con un periodo de curación de siete días, además de desarrollar una secuela psicológica valorada en un punto. La sentencia de instancia impuso a cada uno de los acusados una multa de dos meses por las amenazas, con una cuota diaria de seis euros. Además, la persona que realizó el empujón fue condenada a una multa adicional de tres meses por las lesiones, con una cuota diaria de ocho euros. En el ámbito civil, se fijó una indemnización de 280 euros por las lesiones físicas y otra de 760 euros por la secuela psicológica, esta última a abonar de forma conjunta y solidaria por ambos condenados.
Recurso desestimado
En su recurso, los acusados alegaron un error en la valoración de la prueba, cuestionaron la existencia de amenazas y negaron la participación de uno de ellos en los hechos. También pidieron la eliminación o reducción de las indemnizaciones, especialmente la relativa a la secuela psicológica, argumentando falta de nexo causal y ausencia de informes concluyentes.
La Audiencia Provincial rechaza estos argumentos tras revisar la grabación del juicio y el conjunto de elementos aportados. El tribunal destaca que la declaración de la víctima fue coherente y persistente, y que las imágenes del establecimiento corroboran la dinámica descrita. Además, subraya que el informe médico forense confirma un "agravamiento del cuadro ansioso depresivo de base", una consecuencia compatible con lo ocurrido y respaldada por la baja laboral en la que se encontraba la afectada en el momento de la vista.
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