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Urbanismo

La orden de construcción de un muro en la calle Fortaleza de Benavente caducó: toca empezar de cero

La propiedad recurrió la caducidad del expediente al expirar los plazos, pero el Ayuntamiento ha iniciado de nuevo las acciones para acometer las obras

Solar en el que el Ayuntamiento ha vuelto a ordenar  a la propiedad la ejecución de un muro de contención tras caducar el expediente.

Solar en el que el Ayuntamiento ha vuelto a ordenar a la propiedad la ejecución de un muro de contención tras caducar el expediente. / J. A. G.

J. A. G.

El Ayuntamiento ha vuelto a decretar el inicio de una orden de ejecución en la calle Fortaleza número 42, después de que el expediente anterior caducara por superar el plazo máximo de tramitación y la propiedad presentara un recurso que tuvo que ser estimado. Pese a ello, el procedimiento urbanístico ha sido retomado manteniendo los actos y documentos que conservan validez y abriendo un nuevo periodo de audiencia prácticamente sin solución de continuidad.

El nuevo expediente se apoya en los informes ya existentes, entre ellos el de la Policía Local y el del servicio técnico municipal, que detectaron problemas de estabilidad y riesgos para la seguridad en la parcela. Estos documentos, junto con los informes jurídicos y las notificaciones previas, se incorporan íntegramente al procedimiento reabierto al no verse afectados por la caducidad.

De hecho, la caducidad del procedimiento anterior no implica la prescripción de las actuaciones urbanísticas posibles, lo que permite iniciar un nuevo expediente desde el principio. La normativa aplicable establece que, en estos casos, pueden conservarse los trámites cuyo contenido no cambiaría aunque el procedimiento se hubiera resuelto en plazo, siempre garantizando nuevamente el derecho de audiencia.

Hormigón armado

La administración local fundamenta la nueva orden en el deber de conservación que recae sobre los propietarios de los inmuebles, que deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato. Los informes técnicos concluyen que la medida necesaria para garantizar la estabilidad del terreno es la construcción de un muro de contención de hormigón armado.

El decreto fija como actuación principal la ejecución del muro, que deberá realizarse previa presentación de un proyecto técnico, la designación de dirección facultativa y el depósito de un aval para la gestión de residuos. Estas obligaciones se mantienen respecto al expediente anterior, dado que forman parte de los requisitos esenciales para la intervención urbanística.

La valoración económica de la obra se mantiene en una cuantía total de 32.670 euros que incluye tanto la ejecución del muro como los honorarios profesionales. A esta cantidad se añade la liquidación del impuesto municipal correspondiente a construcciones, instalaciones y obras, cuya notificación previa conserva plena validez dentro del nuevo expediente.

El decreto establece un plazo de veinte días para ejecutar las actuaciones una vez se notifique la resolución definitiva del procedimiento. Antes de ese momento, la propiedad deberá presentar el proyecto técnico, el compromiso de dirección facultativa y el aval exigido. El plazo podrá modificarse si la situación del inmueble cambia y requiere medidas adicionales.

La administración recuerda que, durante el periodo de ejecución, el propietario puede presentar alternativas técnicas, solicitar la declaración de ruina, pedir una prórroga o solicitar ayudas económicas vinculadas al régimen de protección del inmueble. En los casos en que se planteen alternativas o una solicitud de ruina, el cómputo del plazo quedará suspendido hasta que se resuelva.

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