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Tribunales

Sale de prisión el hostelero de Olleros de Tera encarcelado en septiembre por tentativa de homicidio

La Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso de apelación y fija una fianza de 6.000 euros y medidas cautelares adicionales

La jueza ha dictado un auto decretando la libertad con fianza del hostelero de Olleros de Tera.

La jueza ha dictado un auto decretando la libertad con fianza del hostelero de Olleros de Tera. / J. A. G.

Benavente

La Audiencia Provincial de Zamora ha dictado un auto de libertad con fianza para el hostelero Daniel Álvaro Ramos García que permanecía en prisión desde principios de septiembre por un presunto delito de tentativa de homicidio en Olleros de Tera.

Los magistrados han resuelto el recurso de apelación interpuesto por la defensa del empresario contra la decisión del Juzgado de Instrucción nº 1 de Benavente que había mantenido su prisión provisional sin fianza. El pasado 4 de diciembre se dictó un auto que denegaba su petición de libertad, que el letrado del detendio recurrió.

Entonces, el Ministerio Fiscal se opuso a la apelación, argumentando la gravedad de los hechos y el riesgo de fuga, mientras que la representación de la víctima, Ismael Pérez Pérez, también solicitó la confirmación de la prisión provisional, considerando insuficientes las medidas alternativas propuestas por la defensa.

Medida excepcional

La Sala recuerda en su resolución que la prisión provisional es una medida excepcional y subsidiaria, que debe aplicarse únicamente cuando otras técnicas cautelares resultan insuficientes. En este caso, el tribunal reconoce la existencia de indicios racionales de participación del investigado en un posible delito de homicidio en grado de tentativa o lesiones agravadas, ambos castigados con penas superiores a dos años de prisión.

No obstante, el arraigo del investigado en la localidad de Olleros de Tera ha sido un elemento clave en la decisión. El tribunal ha valorado que Ramos García reside con su padre, regenta un albergue en la misma localidad y trabaja con la leña como medio de vida. La alcaldesa emitió un informe en el que lo calificaba como una persona colaboradora y pacífica, destacando su integración en el municipio.

No hay riesgo de destrucción de pruebas

La instrucción del caso se encuentra próxima a su finalización, tras haberse practicado declaraciones de la víctima, testigos y agentes de la Guardia Civil, así como la entrega del arma empleada en la agresión. Por ello, la Sala concluye que no existe riesgo de destrucción de pruebas ni de actuación contra bienes jurídicos de la víctima, quien actualmente reside en León.

La resolución acuerda mantener la prisión provisional, pero la declara eludible mediante el pago de una fianza de 6.000 euros. Además, impone al investigado la obligación de comparecer en el Juzgado los días 1 y 15 de cada mes, la retirada del pasaporte, la prohibición de salida del territorio nacional y el apercibimiento de revocar la medida en caso de incumplimiento.

La decisión supone una estimación parcial del recurso de apelación, manteniendo la medida cautelar de prisión provisional pero permitiendo su sustitución por fianza y medidas restrictivas adicionales. No se hace pronunciamiento especial respecto de las costas procesales.

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