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Desarrollo industrial

El Canal del Esla marca límites dentro del polígono Puerta del Noroeste de Benavente

Una instrucción técnica regula y prohíbe actuaciones que obstaculicen el mantenimiento de la infraestructura hidráulica tras la autorización de la CHD

El canal del Esla queda blindado a su paso por el Puerta del Noroeste con la instrucción técnica aprobada.

El canal del Esla queda blindado a su paso por el Puerta del Noroeste con la instrucción técnica aprobada. / J. A. G.

Benavente

El Ayuntamiento de Benavente ha aprobado una instrucción técnica urbanística de carácter interpretativo vinculada al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para compatibilizar la urbanización del Puerta del Noroeste, con las limitaciones derivadas de la gestión y conservación del Canal del Esla, infraestructura hidráulica adscrita a la Confederación Hidrográfica del Duero.

La resolución, a la que el Pleno dio luz verde sin debate la semana pasada, se produce tras la autorización provisional emitida el 3 de noviembre por Confederación Hidrográfica del Duero, que establece que las parcelas desafectadas, con una superficie de 2.541,24 metros cuadrados, resultan innecesarias para la explotación del canal, siempre que el Ayuntamiento publique la instrucción urbanística comprometida, vinculando los terrenos del nuevo trazado a operaciones que garanticen el servicio de agua y la zona regable asociada.

La instrucción aprobada delimita el ámbito de aplicación a las franjas de zonas verdes que lindan directamente con el suelo SU3, definido en el Proyecto de Reparcelación del Sector S-10, por el que discurre el canal. Estas áreas quedan bajo el régimen de policía y protección establecido para el dominio público hidráulico.

Prohibiciones

Entre las medidas adoptadas figura la prohibición de actuaciones incompatibles con el mantenimiento del canal. Se veta la urbanización, plantación de arbolado, instalación de infraestructuras, mobiliario urbano o edificaciones que obstaculicen el acceso, la vigilancia, la limpieza o el régimen hidráulico. También se prohíben alteraciones sustanciales del relieve, movimientos de tierra, extracción de áridos y cerramientos que impidan el acceso a los servicios del canal o dificulten eventuales avenidas de agua.

Toda actuación en la franja colindante quedará sujeta a informe preceptivo de la CHD. Incluso intervenciones menores, como jardinería, mobiliario desmontable o usos provisionales, deberán ser comunicadas y acompañadas de planos y justificación técnica de compatibilidad con las labores de mantenimiento y el régimen hidráulico.

Se consideran compatibles únicamente las infraestructuras, instalaciones y actuaciones destinadas al mantenimiento, conservación, explotación, reforma o reparación de la obra hidráulica, así como aquellas requeridas por la Confederación para garantizar la operatividad del canal. También se permiten labores de reparación de elementos existentes, siempre que no alteren sustancialmente el terreno ni afecten al desagüe.

El régimen administrativo establece que las actuaciones reguladas por la instrucción y la normativa estatal o autonómica precisarán autorización previa de la Confederación Hidrográfica del Duero. Para intervenciones de menor entidad, el Ayuntamiento podrá dar traslado mediante declaración responsable, sin perjuicio de la supervisión de los guardas del organismo de cuenca.

Finalmente, el Ayuntamiento asume la obligación de conservación y colaboración institucional. Sus servicios técnicos velarán por el cumplimiento de las condiciones fijadas, facilitarán inspecciones y comunicarán cualquier incidencia que afecte a la seguridad, conservación y funcionalidad del canal.

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