Medio Ambiente
Autorizada una granja porcina de 3.088 plazas en Santa Croya de Tera
La Junta de Castilla y León establece medidas correctoras para garantizar la compatibilidad ambiental de la explotación proyectada

Explotaciones porcinas entre Santa Croya y Santibáñez de Tera. / J. A. G.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha emitido resolución favorable para la instalación de una explotación porcina de cebo con capacidad para 3.088 plazas en el término municipal de Santa Croya de Tera. El promotor, una sociedad limitada con sede en la misma localidad, ha tramitado la solicitud conforme al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, en virtud de la normativa autonómica vigente sobre prevención y control integrados de la contaminación.
La explotación se ubicará en el paraje denominado Cuartones, dentro del término municipal de Santa Croya de Tera. La finca tiene una superficie total de 12.564 metros cuadrados, de los cuales 3.468 se destinarán a edificación. El proyecto contempla la construcción de tres naves de cebo: dos de 1.344 metros cuadrados cada una y una tercera de 62,90, todas ellas destinadas al alojamiento de los animales en régimen intensivo.
Las naves estarán dotadas de sistema de ventilación forzada, distribución automatizada de pienso, bebederos regulados y suelos con pendiente para facilitar la evacuación de purines hacia la balsa de almacenamiento. Además, se incluyen un almacén de pienso, un depósito de agua, una balsa de purines impermeabilizada con sistema de detección de fugas, y una zona de maniobras para vehículos de carga y descarga, todo ello conforme a los requisitos técnicos establecidos por la normativa autonómica en materia de ordenación de explotaciones ganaderas.
Medidas correctoras
La instalación se ubicará en una zona alejada de las localidades de Santa Croya y de Santibáñez y sin afecciones directas a espacios naturales protegidos. No obstante, la Consejería ha considerado necesario imponer un conjunto de medidas correctoras para minimizar los efectos sobre el entorno, especialmente en lo relativo a emisiones, gestión de residuos y protección del suelo y aguas subterráneas.
Entre las medidas más relevantes figura la obligación de instalar un sistema de ventilación forzada con filtros para reducir la emisión de olores y partículas al exterior. Asimismo, se deberá construir una balsa impermeabilizada para el almacenamiento de purines, con capacidad suficiente para garantizar la autonomía durante los períodos en que no se realicen aplicaciones agrícolas. Esta balsa deberá contar con doble capa de material sintético y sistema de detección de fugas, conforme a los criterios técnicos establecidos por la normativa sectorial sobre residuos ganaderos.
Gestión de purines
En cuanto a la gestión de los purines, el promotor deberá presentar anualmente un plan de fertilización que acredite la correcta valorización agronómica de los residuos, incluyendo la relación de parcelas receptoras, cultivos, dosis aplicadas y calendario de distribución. Se prohíbe expresamente la aplicación en suelos saturados, en pendiente superior al 10 %, o en condiciones meteorológicas adversas que puedan favorecer la escorrentía o infiltración hacia acuíferos.
La explotación generará un volumen anual estimado de 1.388 toneladas de estiércol, que será gestionado conforme a los principios de economía circular y valorización agrícola. Además, se prevé la generación de residuos no peligrosos derivados de la actividad ganadera, tales como envases de medicamentos, restos de material veterinario y residuos de limpieza, cuya gestión deberá realizarse mediante gestor autorizado, conforme a la normativa vigente en materia de residuos.
En lo relativo a emisiones a la atmósfera, el proyecto contempla la liberación de gases derivados del manejo del ganado, la gestión de deyecciones y otras instalaciones auxiliares. Se estima una emisión anual de 32.511 kilogramos de metano de los cuales 2.563 proceden de la fermentación entérica y 29.948 de la gestión de estiércoles. Para mitigar estos y otros impactos, se exige la instalación de sistemas de extracción con filtros, el cubrimiento de balsas, la optimización del manejo de purines y la aplicación de buenas prácticas de limpieza y ventilación. El promotor deberá llevar un registro de emisiones y someterse a controles periódicos por parte de los servicios de inspección ambiental.
La resolución también exige la instalación de un sistema de recogida de aguas pluviales independiente del circuito de aguas residuales, con el fin de evitar mezclas que dificulten el tratamiento y gestión posterior. Además, se deberá garantizar la estanqueidad de todas las conducciones y depósitos de agua de bebida, así como la limpieza periódica de los sistemas de distribución para prevenir la proliferación de agentes patógenos.
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