Hacienda
Los técnicos de Benavente no fiscalizarán de forma anticipada gastos de menos de 3.005 euros y contratos menores
La Intervención municipal aplica un decreto de 2017 y tendrá que elaborar un plan anual de fiscalización y establece requisitos básicos en todas las áreas

Sede del Ayuntamiento en El Ferial. / J. A. G.
El Servicio Municipal de Intervención no fiscalizará por anticipado gastos de material no inventariable, contratos menores, gastos de carácter periódico , una vez fiscalizado el gasto correspondiente al período inicial, y los gastos menores de 3.005,06 euros que se hagan efectivos a través del sistema de anticipos de caja fija.
Aplica así un real decreto del año 2017 que establece el marco para el control interno en las entidades del Sector Público Local en España. La aprobación inicial de los presupuestos municipales de 2025 incluía también acordar el régimen de fiscalización e intervención limitada previa propuesto por el departamento.
La no exigencia de este sometimiento, no exime, sin embargo, del deber de intervención formal y material de los gastos en sus sucesivas fases. La intervención formal consistirá en la verificación del "cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la adopción del acuerdo mediante el examen de todos los documentos que preceptivamente deban estar incorporados al expediente". En la intervención material "se comprobará la real y efectiva aplicación de los fondos públicos".
Fases interventoras
Así, las fases de la función interventora en el Ayuntamiento benaventano comprenderán la fiscalización previa de actos que reconozcan derechos o autorización de gastos; el reconocimiento de obligaciones y comprobación material de inversiones;y la intervención formal y material en el pago. No habrá fiscalización previa de los gastos citados anteriormente, aunque sí en una fase posterior.
En cualquier caso el servicio fija requisitos básicos para la fiscalización área por área, y deberá comprobar aspectos como la existencia de crédito presupuestario, la competencia del órgano que genera los gastos, y que los documentos justificativos cumplan con la normativa.
La aplicación del real decreto a partir de este ejercicio conlleva también la elaboración de un plan anual de control financiero por parte del departamento, de forma que el órgano interventor cuente con una planificación que detalle las actuaciones de control y auditoría a realizar durante el año, así como la identificación de posibles riesgos, según recoge la propuesta aprobada por el Pleno.
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