El Juzgado de Instrucción número 1 de Benavente ha absuelto al exalcalde de Castrogonzalo, Joaquín García Neches (PSOE), del delito leve de lesiones que le imputó la dueña de un bar de la localidad, María Antonia González, tras una discusión ocurrida en agosto del año pasado en la cafetería de la estación de servicio Paso Honroso, en Paradores de Castrogonzalo. La juez ha condenado al hijo de la hostelera, David García González, a la pena de dos meses de multa a razón de seis euros diarios por un delito leve de amenazas.
La sentencia considera probado que a las diez de la mañana del 7 de agosto de 2022, el entonces alcalde de Castrogonzalo, Joaquín García, accedió al interior de la gasolinera Paso Honroso y se sentó en un extremo de la barra del bar para tomar un café. Poco después apareció María Antonia González (dueña de un bar en la localidad) que en el curso de una conversación con uno de los trabajadores dijo que «tenía que matar a alguien».
Hechos probados
García Neches se acercó a la mujer «en la creencia de que dicha frase iba dirigida a su persona dada la previa enemistad que existía entre ambos, para recriminárselo, momento en el cual intervino el hijo de María Antonia González».
David García González, relata la sentencia, «se dirigió a Joaquín García con ánimo amedrentador empleando expresiones tales como que son tres años aguantando, que no te paso ni una más, la próxima falta de respeto a mi madre te voy a quitar la vida, te lo digo delante de estos, ¿te enteras?; la próxima falta de respeto te quito la vida, ya lo sabes; que no te rías de mi madre que te voy a quitar la vida, que te estás riendo todo el rato». Seguidamente «esgrimió un casco con ánimo amenazante, teniendo que interceder tanto María Antonia como el trabajador, quien consiguió finalmente separarlo de Joaquín García, que abandonó el lugar». «Como consecuencia de la mediación entre ambos por parte de María Antonia, ésta sufrió unas lesiones en la pierna, sin que se haya acreditado que las mismas fueran causadas por Joaquín García Neches», concluyen los hechos probados.
Denuncias cruzadas
A raíz del incidente se produjo un cruce de denuncias. María Antonio González acusó al entonces alcalde de un delito de lesiones leves. Joaquín García denunció a la hostelera y a su hijo por un delito leve de amenazas, y a este último de sendos delitos de injurias y de desobediencia a la autoridad. A estas denuncias se sumó otra por amenazas leves de la mujer de García Neches, tras recibir una llamada telefónica de la hija de María Antonia González.
Aparte de los testimonios de los denunciantes y denunciados, y del trabajador de la estación de servicio, la grabación de las cámaras de vigilancia de la estación de servicio ha arrojado luz, según recoge la sentencia, en lo sucedido el día de autos.
La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Benavente considera probadas las amenazas leves de David García González contra el entonces alcalde de Castrogonzalo y absuelve a todos los demás denunciados de los delitos que se les imputaban.
La grabación de las cámaras de vigilancia lleva a la juez a concluir que no resulta acreditado que Joaquín García causara lesiones con el desplazamiento de una silla a la mujer ni intención dolosa de hacerlo. La mujer sufrió «un hematoma en el brazo izquierdo y otro en la pierna derecha». Los fotogramas fueron analizados, no solo por los agentes de la Guardia Civil, que concluyeron que el alcalde no desplazó la silla al estar arrinconado en el lugar sin moverse de su sitio y sin separar la vista del hijo de la denunciante, sino por la juez, que señala en la sentencia que de haber sido el alcalde al incorporarse quien movió la silla y causó la lesión no tuvo conducta dolosa. La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial.