La Opinión de Zamora

La Opinión de Zamora

Tribunales

El TSJ valida los 41.000 euros por 685 metros expropiados en la calle Zafra en Benavente

Desestima el recurso del propietario, que pedía una indemnización, y del Ayuntamiento, que reclamaba una tasación menor de la fijada

Personal municipal y la Policía durante la ocupación del espacio de la calle Zafra que fue convertido en vial. J. A. G.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León resolvió en junio los recursos presentados independientemente por el propietario de los terrenos expropiados en la calle Zafra para ejecutar un vial y por el Ayuntamiento de Benavente contra la tasación realizada por la Comisión Territorial de Valoración de Zamora.

El propietario reclamó una indemnización a mayores de la tasación, y el Ayuntamiento una rebaja del importe acordado por la Comisión. En ambos casos, el TSJ desestimó los recursos.

En junio de 2019 la Comisión Territorial de Valoración acordó fijar un justiprecio de 40.937,79 euros por los 685,57 metros cuadrados de la Unidad de Actuación “El Tejar” expropiados forzosamente por el Ayuntamiento para ejecutar el vial de la calle Zafra-Catalanas.

Expropiar íntegramente la parcela

La propiedad, que no estaba en desacuerdo con el importe de la tasación, pidió en el recurso la anulación del acuerdo de la Comisión de Valoración Territorial (CTV). Pretendía que se expropiara la parcela completamente o que se le indemnizara por el valor completo de la misma al entender que el terreno restante había sufrido una pérdida de utilidad económica a consecuencia de la expropiación parcial.

Los magistrados del TSJ razonan que si no cabe imponer la expropiación total a la Administración sí es posible solicitar la indemnización de los perjuicios que puedan derivarse de una expropiación parcial como parte del justiprecio, porque la parte no expropiada resulta antieconómica. Sin embargo, añaden, la propiedad no ha acreditado el perjuicio concreto que le la expropiación parcial le produjo.

La calle Zafra durante las obras de urbanización. J. A. G.

Por otra parte, recuerdan, el Plan General de Ordenación Urbana de Benavente “contiene la ordenación detallada de esa Unidad de actuación en lo que se refiere al sistema viario en el que quedan incluidos los 685,57 metros cuadrados expropiados”.

El Ayuntamiento también se mostró en desacuerdo con la tasación de la Comisión Territorial de Valoración. A su juicio, el justiprecio fijado no era el correcto, sino muy inferior, porque el terreno expropiado era suelo urbano no consolidado y no resultaba de aplicación para el cálculo de su valor el método de comparación que la Comisión utilizó, al no haber alcanzado el suelo expropiado la condición de solar.

El Ayuntamiento recurrió fuera de plazo la decisión de la CTV, que lo rechazó, y seguidamente ante la Sala de lo Contencioso obviando, como recuerdan los magistrados en la sentencia, que tenía que haber recurrido en reposición ante el mismo órgano porque en los litigios entre Administraciones públicas no cabe interponer recurso en vía administrativa.

La impugnación efectuada por el Ayuntamiento resultó extemporánea y por lo tanto ineficaz, según explica la resolución antes de desestimar el recurso que, por ello, hace innecesario entrar siquiera a valorar el fondo de la reclamación municipal.

Las dos sentencias del TSJ eran recurribles en casación durante el mes siguiente a la fecha de notificación. El plazo finalizó en julio por lo que la larga ristra de pleitos contenciosos y penales podría haber llegado a su fin.

Compartir el artículo

stats