La Opinión de Zamora

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Urbanismo

El Ayuntamiento de Benavente retoma el expediente de responsabilidad patrimonial del Villalar

Decreta el levantamiento de la suspensión, pone la fijación de daños en manos de los técnicos y da 10 días a los vecinos para alegar

El controvertido edificio Villalar, del que se acaba de levantar la suspensión del procedimiento de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. J. A. G.

El Ayuntamiento de Benavente decretó ayer el levantamiento de la suspensión que pesaba sobre el expediente de responsabilidad patrimonial en el caso del edificio Villalar.

Después de la sentencia, ya firme, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, serán los técnicos municipales los que determinen los daños y posibles indemnizaciones a los vecinos del inmueble.

El decreto resuelve notificar “a los particulares presuntamente lesionados” la resolución, “comunicándoles que el expediente queda de manifiesto en las oficinas municipales, y concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que presenten cuantas alegaciones y documentación estimen conveniente en defensa de su derecho y proponga cuantas pruebas crean pertinentes”.

1,9 millones de indemnización

Serán pues los técnicos municipales los que, en virtud de la resolución judicial del TSJ, determinen ahora las indemnizaciones que les correspondería a los vecinos.

Estos reclamaron una indemnización total de 1.899.522 euros parar reponer el edificio, en situación ilegal, a su estado originario. Es decir, al momento anterior a la concesión de la licencia y a su reconstrucción/construcción conforme al PGOU de Benavente.

Subsidiariamente y en el supuesto de que no prosperara lo solicitado y el edificio quedase en situación de ilegalidad o fuera de ordenación, solicitaron una indemnización de 1.703.486 euros, precio pagado en la escritura de compraventa por cada uno de los propietarios, y subsidiariamente a lo anterior, la cantidad de 1.142.940 euros una vez aplicados valores correctores por el tiempo transcurrido desde su construcción. A lo que habría que añadir los daños morales por los que se reclamó la cantidad mínima de 660.000.

El TSJ validó el acuerdo de mediación intrajudicial recurrido por los vecinos, que lo habían rechazado, determinó que el edificio tenía licencia y rechazó las peticiones indemnizatorias de los propietarios.

Sobre la resolución judicial, los técnicos determinarán ahora qué daños indemnizables caben para los vecinos afectados.

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