Un guardia civil de tráfico tiene la obligación de denunciar cualquier infracción, aunque sea en el casco urbano, porque tiene atribuida una función general de vigilancia.

Lo acaba de decir el Juzgado de lo Contencioso de Zamora, que ha desestimado el recurso de un conductor de Benavente que, tras saltarse un stop en una intersección para hacer un cambio de sentido, fue “cazado” por un guardia civil.

El stop no solo conlleva la prohibición de adelantar. También maniobrar marcha atrás. Fue lo que el guardia vio y denunció ante el Ayuntamiento. El conductor fue multado con 200 euros.

Al infractor no le pareció justo, así que recurrió ante el Ayuntamiento primero y ante el Juzgado después alegando, entre otros motivos, que el guardia civil no era competente y se había vulnerado su presunción de inocencia.

La magistrada no solo considera que el agente de la Guardia Civil es competente para elevar denuncia ante el estamento oportuno, sino que además su testimonio no ha sido desvirtuado por el conductor con prueba alguna: este se limitó simplemente a negar lo que el guardia civil vio y denunció. Lo han condenado a las costas.