Izquierda Unida de Benavente valora positivamente la reciente sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Barcelona que ha avalado que el Ayuntamiento de Barcelona cobre el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a una congregación de la Iglesia católica que alquilaba un edificio de su propiedad a una sociedad mercantil. Para IU, esta sentencia puede sentar un importante precedente para que los Ayuntamientos de todo el país, incluida Castilla y León, empiecen a reclamar a todas las confesiones religiosas este impuesto que hasta ahora no se permitía cobrar.

Recuerda IU que con relación al IBI, se benefician de exenciones totales o permanentes los templos y lugares de culto, edificios anejos destinados a la actividad pastoral o asistencia religiosa, locales destinados a oficinas, casas y conventos de órdenes y congregaciones religiosas. Esta exención legal sólo está referida a las finalidades vinculadas al culto o la asistencia social. Sin embargo, en las décadas precedentes esta ha alcanzado a bienes inmuebles no estipulados por la ley vigente (pisos, plazas de garaje, locales con actividad comercial…) no vinculados al culto, que ha llevado al establecimiento de facto por parte del Estado de unas ayudas indirectas.