El Juzgado Contencioso-Administrativo Nº1 de Zamora desestima la demanda interpuesta por un agente de la Policía Local de Benavente, ya jubilado, contra la desestimación por silencio administrativo por el Ayuntamiento de Benavente de la reclamación realizada el pasado 4 de mayo de 2020 para que se abonara el premio de jubilación previsto en el Reglamento de Personal Funcionario de este Ayuntamiento. El juzgado también la declara nula de pleno derecho y la deja sin efecto.

Explica la jueza, con relación al premio de jubilación que se recoge en el Reglamento de Funcionarios del Ayuntamiento benaventano, que “no puede aplicar una norma reglamentaria que formalmente sigue vigente, aunque esté pendiente la conclusión del recurso de revisión, pero que manifiestamente contiene una ilegalidad por vulnerar la legislación básica del Estado”, recoge la sentencia.

El 4 de mayo el agente de Policía Local presentó solicitud del premio de jubilación. Se inició procedimiento mediante providencia el 16 de mayo y se acuerda solicitar informe al departamento de intervención y de personal, así como consulta al Consejo Consultivo, según explica el concejal del rea , José Mariño.

“El informe de Intervención recoge que se informará desfavorablemente la propuesta de reconocimiento de derecho al abono de cualquier cantidad en concepto de prima por jubilación por no existir ni aplicación in consignación presupuestaria para ello y que no existe un Plan de Ordenación de Recursos Humanos que justifique dichas primas de jubilación. Dice también que no es una medida de acción social”, señala.

En cuanto al dictamen del Consejo Consultivo “hace un desarrollo global de todo el dictamen y falla la nulidad de pleno derecho del artículo 40.2 del reglamento de funcionarios. No así con el artículo 28 para personal laboral porque señala que corresponde a la jurisdicción social”, indica el edil y añade que “actualmente estos incentivos tienen carácter retributivo. No carácter social o asistencial. Por ello son conceptos no permitidos por la normativa en materia de funcionarios”.

Recoge la sentencia también, tal y como detalla el concejal que “si el Ayuntamiento no procede a declarar la nulidad de este artículo, esta jueza planteará la nulidad del mismo”.

En este sentido, el Ayuntamiento de Benavente tiene previsto emitir informes sobre este asunto, pasar por comisión informativa y declarar nulidad del artículo del premio de jubilación del Reglamento de Funcionarios.

En materia laboral, esperará a la resolución del primer juicio previsto el día 25 de este mes, de los cuatro pendientes por el mismo asuntos. “A ver en qué términos se expresa esa sentencia. Nulidad está bastante clara en funcionarios. En materia del personal laboral, el Ayuntamiento va a sostener que si en el reglamento de los funcionarios es nulo de pleno derecho vamos a ir en la misma dinámica en ese juicio”.