Los vehículos híbridos dejarán de disfrutar de la bonificación hasta ahora ilimitada del 25% de la cuota tributaria del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de forma gradual. La Comisión de Hacienda ha dictaminado la modificación de la ordenanza fiscal en este sentido y ha implementado cambios en el articulado para simplificar la gestión administrativa en el sentido que los ciudadanos inmersos en un procedimiento relacionado con esta ordenanza no tendrán que aportar documentación que ya obra en poder de la administración.

La modificación fundamental de la ordenanza tiene que ver con los los turismos híbridos. Se limita la bonificación del 25% de la cuota tributaria a un plazo máximo de cuatro años para estos vehículos, a fin de fomentar la adquisición de vehículos eléctricos, los cuales mantienen su bonificación del 75%, la máxima prevista por la ley.

En concreto, los turismos híbridos dejarán de beneficiarse de la hasta ahora bonificación ilimitada. Así, el tercer apartado del artículo que regula las bonificaciones establece que "gozarán de bonificación, los vehículos automóviles en la clase de turismo o asimilados cuyas emisiones oficiales de dióxido de carbono (CO2) no superen la tasa de 95 g/km. Las emisiones oficiales de CO2 se acreditarán por medio de certificado expedido al efecto por el fabricante o importador del vehículo, excepto en aquellos casos en que dichas emisiones consten en la tarjeta de inspección técnica o se obtengan a través de los ficheros o datos informáticos que la DGT pone a disposición de los ayuntamientos".

Esta bonificación (de la que se suprime su hasta ahora carácter ilimitado) se disfrutará durante cuatro años naturales desde su primera matriculación. Los porcentajes de bonificación a aplicar serán: 25% durante el primer año; 15 % durante el segundo año; 10% durante el tercero; y 5% durante el cuarto año.

La generalización de la producción de vehículos híbridos, dentro de la oferta comercial de todas las marcas, ha contribuido a esta modificación, según recoge la memoria que acompaña a la modificación de la ordenanza.

El Pleno del Ayuntamiento de Benavente de 29 de Octubre de 2015 aprobó, al amparo de lo previsto en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.H.L), beneficios fiscales, en forma de bonificaciones del 25% en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, a favor de los contribuyente titulares de vehículos híbridos (motores eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel y eléctrico-gas), así como del 75%, a favor de los vehículos eléctricos.

Durante cuatro años se ha mantenido vigente este incentivo fiscal, que se ha traducido en la matriculación y el alta en el padrón de esta exacción de 44 vehículos híbridos, en sus distintas variantes, y de 10 vehículos eléctricos.

La memoria que acompaña a la modificación de la ordenanza fiscal atiende al hecho de que las circunstancias de la Transición Ecológica han venido evolucionando, y continuarán haciéndolo hasta la necesaria transición hacia la “descarbonización” del modelo energético para alcanzar el objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero marcado por la Unión Europea en 2050. Esta situación modifica el escenario de 2015, en que se introdujeron beneficios fiscales a favor de los titulares de los vehículos híbridos.  

Modificación de la ordenanza de la ORA

El Ayuntamiento atiende también al informe de control financiero emitido por la Intervención municipal respecto a la necesidad de evitar o reducir el fraude en el disfrute de determinadas exenciones concedidas, recogidas en el apartado e) del artículo 5 de la vigente ordenanza fiscal.

Del mismo modo, y atendiendo los planteamientos técnicos, se modifica igualmente la ordenanza en el sentido de mejorar y simplificar la gestión, con el fin de que los contribuyentes e interesados en el procedimiento administrativo que se tramite, no tengan que aportar a los servicios municipales –en la medida de lo posible- documentos y datos que ya obren en poder del Ayuntamiento o de otras Administraciones Públicas, y singularmente, que obren en la base de datos de consulta de la Dirección General de Tráfico sobre los vehículos, así como en la información mensual de datos que remite este organismo.

Por otra parte, los vehículos híbridos, que hasta ahora gozaban de la exención del pago del precio público por estacionar en zona azul, también verán suprimida esta exención. La ordenanza fiscal que regula la ORA será modificada y sometidos los cambios a la aprobación del Pleno que se celebrará en noviembre. La modificación de la ordenanza fiscal del IVTM será sometida a la aprobación del Pleno este viernes.