La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Benavente ha declarado fuera de ordenación un edificio de seis viviendas en la calle Lagares con certificado final (parcial) de obras visado en julio de 2008. La licencia de obras fue concedida en el año 2002 y en 2003 la entonces Junta de Gobierno Local concedió licencia ambiental y de apertura para un bazar que ocupaba la planta baja del inmueble.

En febrero de este año la propiedad del inmueble solicitó la licencia de primera ocupación para las viviendas. La Junta de Gobierno Local ha informado desfavorablemente esta solicitud a la vista de los informes urbanísticos municipales , que han detectado, tras una inspección al edificio a finales de junio, numerosas irregularidades. En concreto los técnicos han advertido diversas desviaciones entre el proyecto que obtuvo licencia y el edificio construido. A estas anomalías y del examen de la documentación aportada se han venido a sumar la falta de pago de 6.498,65 y 2.390,57 euros en concepto de Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) y de tasas.

A mayores, los técnicos municipales no han podido comprobar el funcionamiento del ascensor, ni las luminarias de emergencia, ni de las instalaciones en la mayor parte del edificio. La propiedad tampoco habría facilitado los boletines de las distintas instalaciones.

La solicitud de la licencia de primera ocupación y los informes urbanísticos de los técnicos tras las inspección girada al inmueble tendría como consecuencia la apertura de sendos expedientes de restauración de la legalidad urbanística y sancionador, al haber realizado obras no sujetas a licencia.

Sin embargo, el periodo en el que habría sido posible la restauración de la legalidad y a la asunción de sanciones por parte de la propiedad, supera los diez años y ha prescrito, como recoge el acuerdo de la Junta de Gobierno Local.

Siendo esta la situación, el órgano municipal ha acordado declarar el inmueble fuera de ordenación con las limitaciones que establece el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León al no caber medidas de restauración de la legalidad urbanística ni sancionadora.