El grupo municipal del Partido Popular en Benavente ha presentado demanda en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo contra el número de concejales que componen las comisiones informativas. El equipo de Gobierno propuso reducir de 7 a 5 el número de concejales por comisión para que, en cumplimiento de la doctrina jurisprudencial, se equiparen las indemnizaciones que perciben los concejales vocales con las que perciben los presidentes de las diferentes comisiones. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León determinó que esta diferencia no puede ser menor para los vocales de la mitad de la percepción de un presidente de comisión. El último mandato de Gobierno del Partido Popular, los presidentes de comisión cobraban 220 euros por sesión frente a los 15 euros que percibían los vocales.

El Gobierno de coalición PSOE-IU propuso tras el Pleno de Constitución, cumplir con la sentencia, pero reduciendo de 7 a 5 el número de ediles de todos los grupos en cada área de trabajo para evitar incrementar los costes por indemnizaciones políticas. El Partido Popular se mostró en desacuerdo y formuló un recurso de reposición en el que argumentó que esta composición vulnera el principio de proporcionalidad entre grupos políticos y le deja en una situación desventajosa y con ausencia de criterios objetivos y razonamientos que lo justifiquen. Una de las consecuencias de reducir de siete a cinco miembros las comisiones informativas (PSOE tiene dos concejales, y PP, Ciudadanos, e Izquierda Unida, uno) es que el Partido Popular no podría solicitar la convocatoria de comisiones informativas extraordinarias o, en su caso, de investigación.

La composición de las comisiones informativas, que es potestad de la Alcaldía, fue refrendada sin embargo por los informes jurídicos municipales. La secretaria municipal propuso desestimar el recurso de reposición planteado por el PP porque la reducción de siete a cinco concejales era ajustada a derecho.

En su informe, la secretaria explicó que una composición no proporcional de las comisiones informativas resulta constitucionalmente inaceptable, "pero naturalmente no implica la necesidad que cada una de las comisiones sea reproducción exacta, a escala menor, del Pleno municipal, sino sólo la de que se procure dotar de presencia en ellas a las fuerzas políticas presentes en el Pleno". El informe argumentaba que en el supuesto de que un grupo político tenga un solo concejal y por eso no pueda alcanzarse una proporcionalidad matemáticamente exacta en la formación de las comisiones, "ha de ser este principio el que ceda a favor del de participación".

"Una proporcionalidad estricta es algo difícil de alcanzar en toda representación y tanto más cuanto más reducido sea el número de representantes a elegir. Por ello, una adecuada representación proporcional sólo puede ser, por definición, imperfecta y resultar exigible dentro de un razonable margen de flexibilidad siempre y cuando no llegue a alterarse su propia esencia" agregó, recordando que todos los grupos han de estar representados, pero respetando a la vez la mayoría en el Pleno del Gobierno municipal.