Uxama, la consultora redactora del derogado plan parcial Benavente III y del Puerta del Noroeste en el Sector 10, han defendido el proyecto de las críticas de del Grupo Municipal de Ciudadanos que votó en contra su desarrollo en el Pleno y anunció su disposición a presentar alegaciones.

Uxama, a consultas de la Concejalía de Urbanismo, ha defendido la importancia de la selección del sistema de actuación, la elección de la ubicación, el diseño del viario y también se ha referido al estudio económico. El sistema de actuación elegido, el de cooperación, y Uxama explica el porqué de la elección. Precisa que la ejecución del planeamiento puede ser objeto de iniciativa particular o pública y, salvo en el sistema de expropiación, los costes de urbanización y gestión corren siempre por cuenta de los propietarios, siendo éstos los adjudicatarios de las fincas finales una vez urbanizado el sector.

"Cuando el Ayuntamiento toma la iniciativa por cuestiones de programación, economía e interés público, el sistema idóneo es el de cooperación", afirma. Los gastos, explica la consultora, "serán igualmente de los propietarios y también serán éstos los adjudicatarios de las fincas, si bien existen inversiones públicas de otras administraciones que soportarán una gran parte del coste". Ante la posibilidad de que exista algún propietario que no esté interesado en participar en el desarrollo, "se prevé una partida destinada a expropiaciones". No obstante, la consultora aclara que no siendo objeto del documento de ordenación más que dar una valoración a priori de los costes de urbanización, conexiones y gastos asociados, el avance es indicativo y no vinculante para la gestión posterior.

De cualquier modo, recuerda que, con respecto a la participación ciudadana del sector privado y de la Corporación, las administraciones competentes ya promueven la más amplia participación social y garantía de los derechos de información e iniciativa de los particulares por sus intereses a través del procedimiento de tramitación de los instrumentos, como también lo hacen con la colaboración de los propietarios del suelo. De cualquier modo, el Ayuntamiento prevé reunir a los propietarios ya en enero, presentarles el proyecto e informales de las cuotas correspondientes.

Ciudadanos calificó de cuestionable el procedimiento elegido, esto es una modificación puntual de Plan General en lugar de un plan parcial. Uxama indica que el plan parcial es el instrumento propio para desarrollar sectores de suelo urbanizable una vez que éstos han sido estructuralmente ordenados a través del planeamiento general. Sin embargo, el Plan General es una figura que, además de definir las condiciones estructurantes de todo el ámbito municipal, engloba potestativamente el resto de instrumentos de planeamiento. "Quiere esto decir que puede establecer la ordenación pormenorizada de los sectores de suelo urbanizable y de los ámbitos de suelo urbano no consolidado que considere oportunos".

A través de la Modificación Puntual, necesaria para establecer las condiciones de desarrollo del S-10, "se introduce la pormenorización del desarrollo sin necesidad de redactar un Plan Parcial independiente. Ante la posibilidad de tramitar por un lado la Modificación Puntual y por otro un Plan Parcial, o todo en un único documento, se ha optado por lo último por una cuestión de eficiencia".

Sobre el viario diseñado señala la consultora que las decisiones sobre trazado y diseño se encuentran dentro de los límites que marca la normativa urbanística y sectorial, existe además un estudio de movilidad que avala el diseño adoptado. Así, concreta que, admitiendo un error en la Normativa Urbanística, que Las plazas accesibles de aparcamiento serán un 5% sobre 2.097 plazas reales. Por otro lado, el tanque de tormentas sí está incluido en la estimación de costes. Al respecto, Urbanismo prevé responder a los desniveles con la extracción de tierra de las canalizaciones y del enlace con la autovía A-6 en sentido Madrid.

En relación con la elección de la ubicación, recomendada por la consultora Arup tras un estudio de viabilidad, Uxama se limita a indicar que el sector S-10 es un sector urbanizable industrial en el Plan General desde su aprobación, por lo que cualquier alegación hubiera procedido en su tramitación, no en el desarrollo. De cualquier modo, la elección de desarrollo de este sector en concreto ha sido objeto de estudio previo "en el que este instrumento no es competente para determinar".

Uxama señala que el acceso desde el nuevo nudo que ejecutará el Ministerio de Fomento es el más idóneo, técnica y económicamente, discurriendo por la zona de dominio de carreteras sin dar lugar a expropiaciones. "Un trazado por terrenos intermedios no hace 'urbanizables' los suelos colindantes", apostilla.

Por último, y sobre el estudio económico, precisa Uxama que el instrumento que tiene por objeto la definición concreta de las obras es el Proyecto de Urbanización, siendo éste el que debe contener partidas y mediciones. "En un documento de planeamiento el estudio económico tiene por objeto estudiar la viabilidad del desarrollo y su posible programación", aclara.