El Ayuntamiento de Barcial del Barco ha aprobado, con carácter definitivo, la ordenanza municipal reguladora de venta ambulante en la localidad que se refiere a venta en mercadillos, mercados ocasionales o periódicos, en vía pública, itinerante a través de vehículos, dispositivos o soportes especialmente preparados o en puestos aislados y desmontables de carácter ocasional. Para ejercer esta actividad es imprescindible disponer de autorización municipal.

La autorización, con carácter general, tendrá una duración máxima de cuatro años. En cuanto al emplazamiento se prevé en todo el término municipal, durante todos los días del año, en horario de 9 a 21 horas. Hora que podrá ser ampliada en las fiestas patronales.

La ordenanza contempla una serie de obligaciones de los vendedores y también posibles sanciones atendiendo a infracciones leves como incumplir el horario autorizado, la venta de productos distintos a los autorizados o no dejar limpio el emplazamiento donde ejerzan la venta ambulante, entre otras; infracciones graves como no tener autorización, o la colocación de elementos que puedan dañar el pavimento: o muy graves como amenaza a la autoridad o altercados entre compradores. Las sanciones irán de los 700 a los 3.000 euros.