La magistrada del Juzgado de lo Contenciosos número 1 de Zamora dicto en mayo de 2017 un auto aceptando la medida cautelar propuesta por la empresa Avericum para que el Centro de Hemodiálisis, que había iniciado la actividad sin licencias y presentaba problemas de insonorización que requerían la restauración de la legalidad, no se cerrara por interés general hasta que hubiera una sentencia firme.

El Ayuntamiento de Benavente se opuso inicialmente a la medida, pero después de que Avericum se aviniera a desconectar el sistema de calefacción, a instalar calefactores individuales como solución provisional, y a ejecutar medidas correctoras para insonorizar el espacio que motivaba las quejas vecinales, el Ayuntamiento aceptó la medida cautelar solicitando a cambio como caución un depósito de 3.000 euros por los perjuicios que pudieran ocasionarse.

El Ayuntamiento reconoció también que la suspensión del servicio, del que se benefician hasta medio centenar de pacientes que requieren diálisis, que el mantenimiento de la actividad tenía un claro interés general.

La magistrada resolvió en el auto suspender cautelarmente los actos impugnados con la citada caución de 3.000 euros.

El Grupo Municipal Popular, que acaba de denunciar en el Juzgado al alcalde de Benavente Luciano Huerga y a la edil de Urbanismo por un presunto delito de prevaricación, esto es, por permitir a sabiendas que el Centro de Hemodiálisis siguiera funcionando a pesar de carecer de licencias (como recogen las sentencias) y de conculcar la legalidad urbanística, ha conocido desde el primer momento que el cierre no era legalmente viable debido a la medida cautelar, que como razona la magistrada en su auto está avalada por la jurisprudencia. No solo fue informado el GMPP por la edil de Urbanismo, también por la secretaria municipal y por la responsable de Disciplina Urbanística.

Hasta el momento el Juzgado de lo Contenciosos Administrativo ha dictado tres sentencias, una de ellas, que tiene que ver con el expediente sancionador es firme. Avericum pagó la sanción impuesta por vulnerar la normativa urbanística, pero esta resolución es colateral. Las otras dos tienen que ver con la restauración de la legalidad urbanística y son las que deben ser firmes antes de levantarse la medida cautelar. Avericum las perdió en primera instancia y ha vuelto a perder el recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla, contra el que cabe recurso de reposición ante el Tribunal Supremo.

La estrategia de Avericum pasa por recurrir hasta el final todas las resoluciones a la espera de consumar la duración del contrato que le fue adjudicado por la Junta.

El PP, que había anunciado la denuncia por prevaricación el sábado, dijo ayer por la tarde en otro comunicado que no pretendía la clausura de las instalaciones. Sin embargo, la prevaricación que imputa al alcalde y a la edil de Urbanismo solo cabe si no se restauró la legalidad urbanística a sabiendas, esto es, si el local no se cerró sabiendo que la ley se estaba incumpliendo.