Arrabalde ha establecido una tasa de 100 euros para empadronados y de 150 euros para no empadronados por el uso de las instalaciones del velatorio municipal. Este Consistorio cuenta con un velatorio de uso público junto al local del consultorio médico, en un edificio municipal rehabilitado hace unos años.La tasa por la utilización de las instalaciones del velatorio se devenga por cada sepelio.

El Ayuntamiento ha elaborado también el reglamento de funcionamiento del servicio fijando un horario comprendido entre las 08:00 horas y las 23:00 horas. Tanto el reglamento de funcionamiento como el establecimiento de la tasa por el uso del velatorio entraron en vigor oficialmente ayer jueves, en la jornada siguiente a su publicación en el Boletín de la Provincia.

Este municipio, por otra parte, ha regulado también las distancias de plantaciones de choperas y otras especies de crecimiento rápido que se realicen en fincas ubicadas en el término.

La distancia mínima que han de guardar los chopos u otras especies de crecimiento rápido con las fincas colindantes es de doce metros lineales en todos los sentidos, contados a partir del linde de las fincas, aunque existan en ellas desagües, vías públicas, cañadas, caños, acequias u otros servicios públicos.

Si entre colindantes de fincas y el titular de la plantación forestal se da un acuerdo, las distancias fijadas se pueden reducir, aunque siempre con la limitación de seis metros, recoge la ordenanza.