La Fiscalía Provincial de Zamora ha abierto diligencias preliminares de investigación penal después de que los presidentes de los bloques de viviendas 10 y 12 del barrio Las Malvinas denunciaran al Ayuntamiento por un presunto delito de prevaricación relacionado con las obras de cerramiento de un solar que se usaba como aparcamiento libre y del que anteriormente se habían talado varios árboles "en mal estado". Los propietarios del solar han anunciado una promoción de 20 viviendas.

En abril, los vecinos de los dos bloques solicitaron al Ayuntamiento la suspensión del levantamiento del cerramiento del solar contiguo. Entendían que el Ayuntamiento tenía un derecho de servidumbre de luces y vistas con respecto a la finca que se estaba cercando. "La idea era dirimir la existencia de ese derecho antes de causar un mal mayor. Posteriormente supimos que la licencia de obras del vallado de la finca adolecía de vicios de nulidad" dice la denuncia.

Este escrito -prosiguen los denunciantes - "no obtuvo respuesta, pero pudimos observar como, posteriormente, el proyecto inicial de vallado se retranqueó unos metros, serrándose las varillas en las que se iban a instalar una serie de pilastras. El cerramiento del muro se completó entonces con una rejilla oblicua".

El 7 de mayor los vecinos registraron un nuevo escrito insistiendo en que se respetara la servidumbre e informando al Ayuntamiento de que el proyecto inicial de cerramiento del solar se había modificado. También pidieron la revisión de los documentos del vallado. El abogado de los vecinos, según recoge la denuncia, observó que la licencia no contenía la fecha completa, sino el día y el año. "Las características del vallado descritas en la licencia no se corresponden con las obras efectuadas". Se contemplaba un cerramiento completo con un muro de dos metros, "que se retranqueó y terminó de cerrar con una verja si que se constara la existencia de una nueva licencia o que la inicial se hubiera modificado"..

El Ayuntamiento se reunión con los vecinos el 21 de junio. "Desde el Ayuntamiento se nos informó nuevamente de que los jardines y viales que rodean los inmuebles de la calle Camino de Santiago eran propiedad de los vecinos, hecho que negamos". Cuatro días después, en un nuevo escrito, el abogado de los vecinos expuso que la finca vallada "lindaba con un espacio de propiedad municipal en lugar de con propiedades de los vecinos, como sostenían los técnicos municipales". En esa reunión plantearon por boca de su abogado "las irregularidades descrita" y volvieron a solicitar al Ayuntamiento "el reconocimiento de la titularidad pública de los viales y jardines que rodean las viviendas para que este solicitara la servidumbre frente al propietario privado".

La denuncia recoge que "los técnicos municipales hicieron caso omiso a estos planteamiento, llegando a afirmar ante los vecinos que los jardines y viales eran privados y propiedad de los mismos, incluso aseverando que pagaban IBI. La falsedad de esta afirmación es fácilmente contrastable comprobando los recibos del IBI y las referencias catastrales".

En los fundamentos de derecho de la denuncia se da por "demostrado que los jardines y viales de la calle Camino de Santiago no están sometidos a tributación por los vecinos" y el letrado redactor de la denuncia se pregunta "¿cómo es posible defender otra titularidad que la municipal para los jardines y viales?".

La fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo comunicó la apertura de diligencias al Ayuntamiento el 24 de julio y reclamó el expediente administrativo. El Consistorio ha remitido los informes sobre la tala de árboles, que también fueron remitidos con anterioridad al Procurador del Común, y el informe urbanístico de la arquitecta municipal.

La técnico, sobre la titularidad de los terrenos que rodean los inmuebles del barrio, precisa que el Ayuntamiento era propietario de unos terrenos con una superficie de 26.118 metros cuadrados que en el año 1975 cedió al Instituto Nacional de la Vivienda para la edificación de 200 viviendas de construcción directa. En el año 1979 se concedió la licencia para la construcción de las viviendas (entre las que se encuentran los bloques 10 y 12 de la calle Camino de Santiago, y la urbanización del entorno.

El 10 de marzo de 1981 se otorga escritura de agrupación, segregación, parcelación, declaración de obra nueva y división horizontal de las 200 viviendas. "En esta escritura se define el espacio libre de las distintas manzanas como: "zona común ajardinada y de servicio de cada uno de los bloques ubicados dentro de las respectivas parcelas" asignándole a cada una de las viviendas un porcentaje de participación en función de su superficie".

"De esta forma, las zonas comunes ajardinadas pertenecientes a los distintos bloques constan en la escritura de división horizontal como superficie de titularidad privada y, del mismo modo lo reflejan tanto el Plan General de Ordenación Urbana como en el Catastro", agrega en respuesta a la afirmación contraria de los denunciantes.

La arquitecta aclara que el Ayuntamiento de Benavente "viene haciendo las tareas de mantenimiento de los citados jardines desde hace años del mismo modo que las efectúa en otras tantas urbanizaciones de promoción pública con el único ánimo de colaborar y ayudar a los vecinos" y en relación con los posibles derechos de luces y vistas afirma que "sólo cabe recordar que las licencias urbanísticas deben otorgarse dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, y para solicitarlas no es necesario acreditar la titularidad de los terrenos afectados".

Con anterioridad la técnico da cuenta de la declaracion responsable "a la que los denunciantes llaman licencia", la arquitecta concede que es cierto que cuando el particular (el propietario del solar cerrado en el que prevé la construcción de 20 viviendas ) rellenó el impreso olvidó poner en el pie de firma el mes, "pero esta ausencia se suple con la fecha reflejada en el registro".

A renglón seguido detalla que tras una inspección del solar cerrado se comprobó que la puerta contemplada en la declaración responsable se había sustituido por una puerta de dos hojas para acceso de vehículos, y también se ha procedido a la ejecución de un cerramiento de malla de simple torsión hacia el interior de la manzana.

Sobre ambas cuestiones informa que se han iniciado sendos expedientes de restauración de la legalidad, si bien, la arquitecta concluye que aunque se trata de actos concluidos que no se ajustan a licencia urbanística, a orden de ejecución, o no tienen licencia, "las obras ejecutadas resultan legalizables y esta infracción viene tipificada en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCyL) como leve".