La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se ha visto obligada a dirimir un conflicto de competencia por una denuncia planteada por un preso recluido en Topas contra un abogado por apropiación indebida al que se pagó por adelantado por su trabajo desde una oficina bancaria de Benavente.

El TS recibió una cuestión de competencia negativa desde el Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria después de que el recluso denunciará al letrado por apropiación indebida.

En su denuncia el preso daba cuenta de que encontrándose en la prisión de Topas (Salamanca) contactó en diciembre de 2016 con un abogado de Bilbao para que le gestionase el traslado de prisión desde Topas a Nanclares de Oca para poder estar con su esposa, reclusa en ese centro penitenciario.

Según la denuncia del preso, el letrado le solicitó la cantidad de 5.000 euros que satisfizo su hermano mediante una transferencia realizada desde el Banco de Santander de Benavente. No fue el único pago. Posteriormente le transfirió otros 2.800 euros para realizar otra gestión respecto de su esposa. A pesar de tales ingresos el abogado contratado "no realizó gestión alguna apropiándose del dinero entregado".

Vitoria

Cursada la denuncia por el recluso, el Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria planteó la cuestión de competencia en favor del los juzgados salmantinos, mientras que el fiscal se mostró partidario de que fuese el Juzgado alavés el que asumiera el procedimiento.

"En el caso que nos ocupa, con los escasos elementos de que disponemos, podemos deducir que no ha sido posible determinar que el presunto hecho delictivo tuviera lugar en Salamanca, lugar desde el que el denunciante contactó telefónicamente con el letrado".

"Las transferencias -prosigue la resolución del TS- las realiza el hermano del denunciante desde Benavente y se desconoce dónde las recibe el Letrado, pero consta que Vitoria fue el primero en conocer la denuncia, por ello y en aplicación del principio de ubicuidad adoptado por el Pleno no jurisdiccional de esta Sala a Vitoria le corresponde la competencia", ha resuelto el Alto Tribunal en un auto.