La desestimación del estudio de detalle de los propietarios de la unidad de actuación El Tejar II y el proceso expropiatorio posterior de parte de una parcela para desarrollar el vial entre las calles Catalanas y Zafra tal y como recoge el Plan General de Ordenación Urbana, fueron decisiones colegiadas y avaladas en todo momento por los informes técnicos municipales. No hubo dilaciones, ni decisiones unipersonales del alcalde; ni las decisiones colegiadas (Junta de Gobierno y Pleno) fueron adoptadas por animadversión del alcalde o por presión vecinal, sino de acuerdo con las prescripciones de distintos y numerosos informes técnicos.

Así lo declararon ayer la secretaria municipal como testigo, y el alcalde de Benavente Luciano Huerga como investigado por la denuncia del copropietario y empresario Rodrigo Cobreros, que después de más de veinte años permitiendo el uso de su parcela como vial, ha acusado al actual regidor de haber cometido un delito de prevaricación al consumarse la expropiación forzosa de parte de la finca para desarrollar la calle prevista en la normativa urbanística municipal.

El Ayuntamiento aportará ahora todo el expediente digitalizado al Juzgado, un expediente que ya obra en cuatro procedimientos contencioso-administrativos emprendidos por el empresario, incluido un recurso contra el pago municipal de la pavimentación de la calle, siendo privada, antes de las elecciones de 2015 bajo el Gobierno municipal del Partido Popular. Hasta ahora, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha resuelto negativamente las medidas cautelares solicitadas por los abogados de Cobreros al considerar la magistrada que ha primado el interés general sobre el particular.

La secretaria municipal detalló de forma pormenorizada todo el proceso seguido desde la presentación del estudio de detalle que resultó fallido (los técnicos de Urbanismo lo desestimaron, entre otros motivos, porque los propietarios pretendían ceder al Ayuntamiento los cuestos que hay en la superficie de desarrollo) hasta la finalización del procedimiento expropiatorio. La técnico aseguró que ninguna decisión había sido tomada por el alcalde, o los órganos colegiados competentes sin informes técnicos previos que aconsejaban actuar tal y como se ha hecho, y defendió la pulcritud del procedimiento en todas y cada una de sus fases.

Según ha podido saber este periódico, Huerga mantuvo el mismo relato de los hechos y ofreció el expediente para confirmar todos los extremos declarados. De cualquier modo Huerga negó los motivos esgrimidos en la denuncia por prevaricación, ni que hubiera habido dilaciones ni animadversión, ni premeditación en la expropiación, que fue fruto de nuevo de la solución planteada por los informes técnicos.

Huerga explicó también de forma pormenorizada cómo se decretó la paralización de las obras de vallado iniciadas por el propietario al sustentarse en una declaración responsable que adolecía de la documentación requerida y que nunca hubiera podido obtener licencia a la afectar a unidad pendiente de desarrollar y por lo tanto fuera de ordenación.

Por contra argumentó que antes de las elecciones de 2015 el propietario y denunciante no tuvo ningún problema en que parte de su parcela (entonces ni expropiada ni incursa en ningún tipo de procedimiento urbanístico municipal) fuera pavimentada de la noche a la mañana como si de un vial del Ayuntamiento se tratase y anunció que este hecho será motivo del inicio de acciones legales por parte del Ayuntamiento en las próximas semanas.