La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a una exdirectora de Caixabank en Benavente a la pena de dos años de cárcel por la comisión de un delito de apropiación indebida durante los ocho años que estuvo al frente de la sucursal bancaria en Benavente.

La condenada, natural de Salamanca y de 46 años de edad, tendrá que indemnizar a la entidad financiera con 185.877 euros mas los intereses legales generados, y abonar una multa de 3.000 euros que en caso de impago serán sustituidos por un día de prisión por cada dos cuotas dejadas de abonar.

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zamora dimanante del Juzgado de Instrucción número 2 de Benavente considera hechos probados que con ánimo de enriquecimiento ilícito, entre 2005 y hasta el 28 de febrero de 2013, aprovechando que trabajaba como Directora de la sucursal de Caixabank de Benavente, realizó números operaciones en favor de una tercera persona.

En concreto practicó hasta 82 disposiciones irregulares por un importe de 164.068 euros realizadas mediante la simulación de la firma del perjudicado en unos casos y, en otros, dejando la firma en blanco. Igualmente llevó a cabo contratos ficticios de dos préstamos personales por valor de 60.000 euros, para lo que igualmente simuló la firma del perjudicado, y abrió una cuenta corriente obteniendo una tarjeta de crédito con las que llevó a efecto dos disposiciones irregulares de fondos por un total de 15.000 euros de un crédito abierto, haciendo uso irregular y no autorizado de una tarjeta VISA electrón a nombre de la misma persona.

El perjudicado por estas operaciones ha sido indemnizado por Caixabank mediante el abono de la cantidad de 129.412,84 euros y la cancelación de los préstamos personales y de las disposiciones de crédito abierto no autorizadas por el mismo, quedando subrogada dicha entidad en la posición de tal perjudicado y reclamando por dicho importe a la acusada. El importe del perjuicio total causado a la entidad bancaria, incluida la cantidad pagada al cliente, el importe de los préstamos concedidos ilícitamente y disposiciones de crédito asciende a la cantidad total de 185.877,84 euros.

El Ministerio Fiscal en su escrito de conclusiones provisionales calificó los hechos enjuiciados como constitutivos de un delito de Apropiación Indebida continuado del artículo 252 del Código Penal y pidió por ello la imposición de una pena de 5 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 10 meses con cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que procediera en caso de incumplimiento, además de la indemnización en concepto de responsabilidad civil.

La acusación particular pidió la imposición de la misma pena con una multa ligeramente superior, y la defensa de la acusada la libre absolución por entender que los hechos no eran constitutivos de delito, no existiendo autor al no existir delito.

Previamente a la celebración del Juicio Oral, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular modificaron sus escritos de conclusiones provisionales en el sentido de calificar los hechos como constitutivos de un delito de apropiación indebida del artículo 252 del Código Penal, solicitando para la acusada que se impusiera la pena de 2 años de prisión y manteniendo el resto de sus peticiones.

Esta ha sido finalmente la pena impuesta. La sentencia, al no superar la pena impuesta los dos años de prisión, ha supuesto también la suspensión de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por plazo de tres años de la condenada, que se encontraba en libertad provisional.

La acusada no ingresará en prisión en este tiempo al haber asumido la exdirectora el compromiso de satisfacer la responsabilidad civil en plazos mensuales de 300 euros hasta abonar completamente la indemnización. La resolución no es firme y podrá recurrirse en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.