El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Resolución de 27/07/2018 confirma la decisión del Juzgado de lo Social nº 1 de Zamora del pasado mes de marzode marzo, en la que sostenía que el cese de un exbombero era nulo y condenaba al Ente Local a la readmisión inmediata del trabajador y al abono de los salarios de tramitación.

La decisión del Tribunal se ampara en la más reciente Jurisprudencia del Tribunal Supremo y acoge los argumentos de que "el despido debía declararse nulo por hallarse el trabajador disfrutando de reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave en el momento de la extinción del contrato y porque el propio procedimiento de cobertura de la plaza había sido irregular, habiendo sobrepasado el contrato temporal que vinculaba al trabajador, reconocido como indefinido no fijo, con el Ente Local el tiempo máximo dispuesto en la Ley".