El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zamora ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento de Benavente contra la reclamación de nulidad de un propietario al que se giró una liquidación por haberse incrementado el valor de los terrenos de naturaleza urbana. El propietario, al que el Ayuntamiento reclamó el pago del impuesto, presentó un recurso de reposición que fue rechazado y finalmente acudió al Juzgado de lo Contencioso reclamando la nulidad del acto administrativo municipal.

La magistrada entiende que aunque hay un vacío legal que tendrá que resolverse, no cabe la inconstitucionalidad reclamada porque la jurisprudencia está dictando que en los casos en que los ayuntamientos giren el impuesto por plusvalía los propietarios tendrán que probar que no ha habido un incremento del valor de los terrenos. En este caso, la juez entiende que está probado que hubo un incremento del valor de los terrenos evidente que justifica la reclamación municipal del impuesto municipal.