El Ayuntamiento informa a los propietarios de inmuebles que, de no proceder a la limpieza y desbroce de los mismos en el plazo de dos meses, en cumplimiento de la legislación vigente, procederá a la ejecución subsidiaria de dichos trabajos cuyos costes serán repercutidos a los propietarios de los inmuebles. Así como, la imposición de la sanción correspondiente por el incumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza.

El alcalde informa a través de un bando municipal que, son numerosas las quejas vecinales que se tramitan por el abandono, suciedad y abundancia de maleza que presentan muchos inmuebles, que conllevan focos de insalubridad y el riesgo de incendios.

La Ordenanza Cívica, además, obliga a los propietarios de los inmuebles a la limpieza de fachadas, patios de luces, patios de manzana, zonas comunes solares y otros terrenos de propiedad particular.