La salud económica del Ayuntamiento de Benavente es más que positiva "en todas las magnitudes" pero el ahorro en los últimos ejercicios y su trasvase a los siguientes a través del remanente de gastos generales, la entrada de subvenciones para el ARRU, y el pago de las facturas de la Mancomunidad del agua giradas con un año de retraso, ha provocado paradójicamente el incumplimiento de la regla de gasto y la alteración de la estabilidad presupuestaria.

Como consecuencia de esta situación, la Concejalía de Hacienda, a través del Servicio Municipal de Intervención, ha tenido que elaborar y someter a la aprobación del Pleno una Plan Económico y Financiero (PEF) cuya vigencia se extenderá hasta 2019.

El Plan Económico y Financiero obliga al Ayuntamiento a la aprobación del presupuesto municipal para el ejercicio 2018 y 2019 cumpliendo con los principios de estabilidad presupuestaria y regla del gasto, y no podrá ejecutar el presupuesto de gastos del ejercicio 2018 por encima del 79,25% de sus créditos definitivos (la media de ejecución en los últimos cuatro años ha sido del 82%).

Además, el Ayuntamiento se compromete a no aumentar durante el restante ejercicio los créditos para gastos mediante modificaciones presupuestarias cuantitativas al alza, salvo en casos de necesidad de dotar crédito presupuestario de manera extraordinaria para aquellos gastos cuyo pago tenga carácter preferente, como es el caso de intereses de la deuda o gastos de personal.

Más allá de ese plazo no se adoptan medidas, por lo que cumplido el periodo y si los objetivos son alcanzados, se dará por finalizada la aplicación del Plan. En caso de resultado negativo deberán adoptarse medidas complementarias para garantizar el cumplimiento en el ejercicio 2019.

Aunque, según recoge el informe de la Intervención municipal, el Ayuntamiento de Benavente cumple con el resultado presupuestario positivo, el remanente de tesorería, nivel de deuda viva, superávit presupuestario positivo y periodo medio de pago a proveedores, la causa fundamental de este Plan es la incorporación de los remanentes por gastos pendientes de ejecutar en ejercicios precedentes, que han sido financiados igualmente por un superávit de ejercicios anteriores. Ello ha supuesto el aumento del gasto computable y el incumplimiento de la estabilidad presupuestaria.

Junto a esta causa fundamental hay otras dos causas también significativas, aunque parciales. Por un lado la entrada de subvenciones de otras administraciones y fundamentalmente las que financian el Área de Regeneración y Renovacion Urbana de los barrios en Benavente. En 2016 el Ayuntamiento recibió y gastó ese año 1.261.623 euros, mientras que en 2017 el importe recibido en subvenciones y gastado fue de 666.949 euros. Existe una diferencia de de 594.674 euros entre ambos ejercicios y tal y como señala el informe de Intervención "Esto significa que el hecho de que el Ayuntamiento haya obtenido y gastado mayor importe de subvenciones en el año 2016 respecto del año 2017 ha motivado parcialmente el incumplimiento de la regla de gasto, porque el gasto computable del ejercicio 2016 ha disminuido en mayor cantidad que el del año siguiente". Aunque la obtención de subvenciones "no depende directamente del Ayuntamiento sino del ente que las concede" la Administración local benaventana "ha resultado penalizada en el cumplimiento del objetivo".

Este motivo no es tampoco el único que determina el incumplimiento a final del ejercicio de la regla de gasto. Según la Intervención Municipal "hay que añadir otro determinante": en el año 2017 se aprobó el gasto, dispuso, reconoció la obligación y realizó el pago a la Mancomunidad ETAP de Benavente y los Valles por importe de 288.999 euros en concepto y suma de facturas por cuotas de ejercicios anteriores. "Estas facturas, excepcionalmente fueron presentadas al cobro con fecha 2017, aunque correspondían a periodos anteriores no girados por la Mancomunidad a este Ayuntamiento en sus correspondientes ejercicios". Según el Intevento, esto también ha supuesto el aumento de las obligaciones reconocidas netas en el ejercicio 2017, y por ende del gasto computable; "habida cuenta de que fue el ejercicio en el que se presentaron y se pagaron éstas facturas".