El Ayuntamiento de Benavente y la compañía aseguradora municipal Mapfre tendrán que indemnizar con 22.273 euros más los intereses legales al propietario de una cabeza tractora de camión que había sido entregado para su custodia a la Administración local y fue incendiado en marzo del año 2012.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zamora ha estimado parcialmente el recurso del propietario del vehículo contra la administración local benaventana y la compañía aseguradora, aunque ha rebajado a la mitad el importe de la indemnización al tener en cuenta que el valor reclamado, 42.500 euros, se corresponde con una tasación efectuada en el año 2009, y no el momento del incendio, que ocurrió tres años más tarde.

La historia del vehículo siniestrado que ha motivado ahora esta condena, es larga y arranca en junio de 2009, cuando del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil procedió a la inmovilización del vehículo, una cabeza tractora de la marca Volvo FH 12, por un supuesto delito de insolvencia punible de su propietario. Este hecho dio pie a la instrucción de diligencias que pasaron de los juzgado de Benavente a los de Torrent (Valencia) y concluyeron en un procedimiento abreviado en el que la causa quedo archivada en 2013.

Los juzgados benaventanos pidieron al Ayuntamiento que custodiara el vehículo en el año 2009, y así consta en los informes de la Policía Local. En septiembre de 2009 los agentes ya observaron daños en el vehículo, y en marzo de 2012 se recogió como el de servicio de emergencias 112 recibió llamadas alertando que un camión precintado en el interior del recinto del mercado de ganado estaba ardiendo. El incendio fue presuntamente provocado por personal desconocido.

Inicialmente el propietario del camión denunció los hechos en los juzgados de Benavente, que incoó diligencias que fueron archivadas definitivamente un año después por la Audiencia Provincial de Zamora.

Entonces, el dueño del vehículo inicio una reclamación patrimonial contra el Ayuntamiento benaventano y la compañía aseguradora "por ser el ocasionante de la pérdida del vehículo de mí propiedad por su falta de diligencia la custodia del mentado vehículo, existiendo una clara y evidente relación de causalidad entre la falta de diligencia del Ayuntamiento de Benavente en la custodia de mi vehículo como depositario del mismo y los daños y pérdida del vehículo de mi propiedad".

El Ayuntamiento rechazó la reclamación por silencio administrativo (dejó pasar los seis meses que establece la ley sin contestar) y el dueño del vehículo formuló un recursos contencioso-administrativo con la Administración Local benaventana y la aseguradora.

El juez ha rechazado todos los argumentos de la defensa municipal y de la compañía de seguros salvo la relativa al valor del vehículo. De hecho, el magistrado afea al Ayuntamiento que no observará la vigilancia debida del vehículo, que al parecer primero estuvo en una nave del Mercado y finalmente se sacó a la explanada.

"Es evidente que el lugar en el que la Administración dejó el bien depositado (una campa o, mejor dicho, descampado, según se aprecia en las fotografías que obren en el expediente) propició que terceros ajenos a la misma causasen los daños. Otra solución cabría si, por ejemplo, se hubiese instalado una valla que los facinerosos hubiesen roto o saltado, o si hubiesen derrumbado un muro que custodiase el vehículo, o maniatado a un vigilante. Pero en este caso la dejadez municipal ha facilitado que el vehículo de la demandante haya sufrido los daños cuya indemnización se reclama. Todo ello sin perjuicio de la facultad municipal de repetir contra el autor del desaguisado si fuera habido", fundamental el magistrado en la sentencia.