La Agencia Estatal de la Administración Tributaria habría incumplido hasta en tres ocasiones una sentencia dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), que a finales de 2015 condenó a la AT a devolver 13.724 euros a cada uno de los 18 socios integrantes de la directiva de la Asociación de Jóvenes Agricultores de Zamora de 2006, cobrados en concepto de recargo por una deuda fiscal de la que era corresponsable el sindicato.

El alto tribunal falló a favor de los agricultores en un asunto de derivación de responsabilidad que todavía tendrá que ventilarse a finales de este año en el Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León (TEAR), pero la Agencia Tributaria, lejos de cumplir la sentencia, "ha seguido reteniéndonos dinero, cobros en cooperativas y ayudas cada una de las tres veces que se ha pedido la ejecución", según explica un portavoz de los afectados.

El inicio de este complejo contencioso, que dura ya seis años y ha acarreado "graves consecuencias" a los agricultores afectados, se remonta al periodo 2000-2004. El sindicato Asaja participó en la creación de una sociedad limitada llamada Seroilza, dedicada a la venta de gasoil agrario. Esta empresa, que estaba formada además por varios empresarios, uno de los cuales la gestionaba, incumplió la obligación impositiva de abonar el impuesto de hidrocarburos.

Varapalo judicial

La AT inició el procedimiento para cobrar los 68.623 euros de impuestos adeudados más el 20% de recargo, esto es, otros 13.724 euros. La Administración fue contra todos los socios, incluida Asaja, y terminó derivando la responsabilidad a la junta directiva del sindicato, si bien no a la que era responsable en el año 2004, sino a la creada en 2006, en la que había jóvenes agricultores que ni siquiera conocían la existencia de Seroilza.

Las unidades de recaudación comenzaron a embargar subvenciones, cuentas corrientes, pagos en Cooperativas y propiedades a los 18 socios hasta cubrir los 82.347 euros. Los afectados, para frenar la vía ejecutiva tal y como establece la ley, presentaron en julio de 2011 un primer aval para garantizar el pago de la deuda. La Agencia Tributaria lo rechazó porque la cantidad avalada era superior a la deuda y porque faltaba el código NCR (Número de Referencia Completo), que permite la comprobación telemática del aval. Dos meses después los afectados, siguiendo las prescripciones de la Agencia Tributaria, corrigieron la cantidad y presentaron un nuevo aval, que fue rechazado porque, según la AT, el código era incorrecto.

La Administración emitió un tercer requerimiento de subsanación del aval, que imponía una garantía por importe de 247.039 euros. La Agencia Tributaria terminó denegando la suspensión de la vía ejecutiva y los agricultores impugnaron la resolución ante el TEAR, que le dio la razón a la Administración. Finalmente los 18 directivos de Asaja recurrieron al TSJ, pero no evitaron que continuarán los embargos. Ahora la Administración Tributaria, pese a haber embargado bienes por la deuda principal (68.623 euros) más el recargo (13.724), exigía a cada uno de los socios otros 13.724 euros de recargo, esto es, 247.000 euros en total. Algunos agricultores que lo abonaron voluntariamente se encontraron poco después que la AT les exigía además el 20% de esta cantidad, esto es, otros 3.000 euros.

Sobre todo este procedimiento, los magistrados del TSJ se pronunciaron con un varapalo en sentencia que devino en firme porque la AT decidió no recurrir en casación ante el Tribunal Supremo. "Tal comportamiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria es totalmente inadmisible y contrario al principio de seguridad jurídica exigido por la Constitución". "Lo grave -prosigue- es que la Agencia Estatal ha exigido cantidades diferentes para avalar una misma deuda; ha cambiado varias veces de criterio y, tras solicitar una mera alteración de la cifra (...) ha acabado pidiendo una cifra y un clausulado del aval diferente. No es correcto tal actual, el obligado tributario ha quedado a merced del cambio de criterio de la Agencia quien lo ha alterado después de decir a los administrados qué tienen que hacer y ellos lo han intentado".