El Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 1 de Benavente ha dado la razón íntegramente a una mujer que demandó a Bankia por ocultarle la verdadera situación económica de la entidad financiera en su salida a bolsa al suscribir un contrato de adquisición de acciones por valor de 4.998 euros en julio de 2011.

La juez ha declarado la nulidad de la suscripción de las acciones de nueva emisión de Bankia y condena a la entidad financiera a devolver a su cliente la cantidad invertida de 4.998,75 euros, más los intereses legales desde la fecha de suscripción y al pago de las costas procesales. La mujer, a su vez, tendrá que devolver las acciones.

La cliente demandó a Bankia por concurrir vicios del consentimiento generados por error o dolo de la entidad financiera. La mujer alegó no ser consciente del producto que adquiría dada la información errónea que le suministraron acerca de la solvencia de la entidad titular de las acciones y sobre el valor de las mismas en el momento de su salida a cotización pública y oficial, comunicando a los accionistas estupendas expectativas de la entidad cuando en realidad ocultaron la verdadera situación contable, ofreciendo una imagen de solvencia para captar ahorros que no era cierta.

Información inexacta

Bankia, por su parte, defendió que la cliente era consciente de los riesgos que corría al suscribir la compra de acciones de la que había sido informada.

La juez concluye en su resolución, contra la que cabe recurso de apelación, que la incorrección o inexactitud de los datos publicitados en el folleto que anunciaba la salida a bolsa de Bankia, "nos lleva a concluir sin ningún género de dudas, que la información económica financiera contable divulgada resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los beneficios y las pérdidas", y por lo tanto, "se vulneró la legislación expuesta del Mercado de Valores".