Los dos ex propietarios del pub de la calle de los Carros que entre 1995 y 2002 superó con creces la emisión de decibelios permitidos por la normativa obligando a mudarse a una familia que residía sobre el establecimiento, han sido condenados a penas de seis meses de prisión y al pago de una multa de cuatro euros diarios durante ocho meses (960 euros).

El magistrado del Juzgado de lo Penal leyó ayer la sentencia "in voce", cuyo contenido no es otro que el pactado entre la acusación particular y el fiscal con las defensas de los dos imputados y que ahora se plasmará sobre el papel.

Estos comparecieron ayer en la Sala para admitir su culpabilidad por la comisión de un delito contra el medio ambiente en una breve vista en la que también estuvo presente la fiscal asignada al procedimiento.

Los condenados, sin antecedentes penales, no cumplirán las penas de prisión impuestas, las mínimas tras el acuerdo, pero tendrán que hacer frente a la multa y al pago de una indemnización conjunta ligeramente inferior a los 9.000 euros que solicitaba el Ministerio Público en la calificación del procedimiento y muy alejada de los 36.000 que demandaba la acusación particular para resarcir a la familia por los daños causados.

El primer delito contra el medio ambiente por la emisión de ruidos en un establecimiento público nocturno que se juzga en la provincia se ha resuelto por la vía del acuerdo y ayer el abogado de la familia, Marco Antonio Furones, hizo pública su «satisfacción» por el desenlace tras más de seis tortuosos años de instrucción. Durante este tiempo, recordó el letrado, se llegaron a realizar hasta treinta mediciones por los agentes de la Policía, mediciones que constataban una tras otra excesos de ruidos muy superiores a los máximo establecidos por la normativa vigente.