La organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) denuncio ayer "que determinados radares de la DGT ubicados en carreteras convencionales están imponiendo miles de sanciones ilegales al no haber previsto en su programación que la velocidad máxima fijada en este tipo de vías (90 kkilómetros hora) puede ser rebasada en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquella.". Según AEA, el artículo 51 del Reglamento General de Circulación permite rebasar la velocidad máxima permitida al realizar un adelantamiento en las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano, pero la DGT no lo ha tenido en cuenta a la hora de programar los radares de tramo en este tipo de vías. Uno de ellos es el radar de tramo ubicado en el Kilómetro 479,9 (sentido creciente) de la N-122, en Zamora, que desde enero está formulando denuncias a cualquier conductor que supere en el tramo controlado de 5,259 kilómetros los 90 kilómetros hora de velocidad media.